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Marcas

Fedecafé se opuso al registro marcario de Mona ante la SIC por expresiones protegidas

La Superindustria encontró otra marca de oficio en la cual tienen semejanzas en su parte gráfica, lo que impidió su registro en la SIC

15 de noviembre de 2022

Diego Alejandro Ospina Henao


Colprensa
Canal de noticias de Asuntos Legales

Ramírez Escobar 98 S.A.S se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para solicitar el registro de la marca Mona (Mixta), para distinguir productos comprendidos en la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza que denota achicoria y mezclas de achicoria en cuanto sucedáneos del café; achicoria y mezclas de achicoria utilizadas como sucedáneos del café; affogato; aromatizantes de café; bebidas a base de café; bebidas a base de café que contienen leche, entre otras.

Luego de la solicitud, la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia presentó oposición con fundamento en la causal de irregistrabilidad establecida en el artículo 136 de la Comisión de la Comunidad Andina.

LOS CONTRASTES

  • Carlos Amaya Socio de Amaya Propiedad Intelectual

    “El signo solicitado es de naturaleza mixta, su elemento figurativo es idéntico al de la marca registrada Nutri People, lo que puede inducir a confusión y asociación”.

El signo solicitante estaba acompañado de la expresión “Colombian Coffee”, por lo que la opositora recalcó que “la marca solicitada reproduce de forma directa y general el gentilicio de nuestro país colombiano junto con la palabra café en idioma inglés y, en consecuencia, hace referencia directa a la zona geográfica protegida por la Denominación de Origen Café de Colombia”. Además, señlaó que el signo solicitado tiene conexión competitiva con los productos que comercializa la Federación, por lo que habría riesgo de asociación con la opositora. Por otro lado, Fedecafé expresó que el uso de “café de Colombia” está protegido por la entidad, por lo que el uso de este solo se podrá implementar con la debida autorización de las autoridades competentes.

Dentro del término concedido, Ramírez Escobar 98 S.A.S respondió a la oposición argumentando que la solicitante retiró la expresión “Colombian Coffee” ante la SIC, por lo que dijo que “ordenar retrotraer el trámite de registro de marca al momento del examen de forma, con el fin de poderle allegar a la Delegatura de Signos Distintivos el respectivo logotipo con las medidas correctivas, esto es, sin las palabras Colombian Coffee”. Con esto, se busca que se respete los derechos de propiedad industrial.

Tras revisar los argumentos, la Superindustria encontró que la oposición de la Federación Nacional de Cafeteros no tiene sustento, ya que el solicitante retiró la expresión que protegía la opositora, por lo que no habría riesgo de confusión con la organización de Cafeteros. Sin embargo, la entidad encontró la marca “Nutri People” con la que tiene semejanzas visuales al contener el mismo árbol en el signo y generaría riesgo de confusión.

Por este motivo, la SIC declaró infundada la oposición de Fedecafé, pero tampoco concedió la marca Mona a su solicitante.

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