16 de mayo de 2025
Suscribirse


16 de mayo de 2025
Suscribirse
Marcas

Kitecat le sacó las garras a Kit Cat y evitó su registro de marca en la Superindustria

Los signos confrontados no poseían suficientes signos distintivos como para que el consumidor los pudiera diferenciar en el mercado.

29 de abril de 2025

Juliana Mariana Cantor

jcantor@larepublica.com.co

Signo Opositor

Signo Solicitante


KiteKat
Canal de noticias de Asuntos Legales

A las puertas de la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, llegó un nuevo caso. Esta vez, fue un duelo de felinos el que obligó a KiteKat, la marca de comida para gatos, sacar sus garras para defender su soberanía en el mercado.

Todo comenzó luego de que Inversiones Cannae , una empresa antioqueña que distribuye artículos domésticos al pormenor, se presentó ante la Superindustria para solicitar el registro de su marca “Super Premium Kit Cat- Love your cat, love with Kit Cat”.

Ante el evidente parecido con su marca registrada, Mars Incorporated , una multinacional estadounidense que fabrica alimentos para animales, presentó su oposición debido a que el signo solicitado podría ser confundido con Kitecat.

Además, la compañía también señaló que a nivel fonético, ortográfico y visual, la mar ca solicitada podía ser asociada con su marca registrada debido a que ambas hacían uso de las letras ‘K’, ‘I’ y ‘T’.
La empresa estadounidense también agregó que, debido a que ambos signos se dirigían al mercado de alimento para animales, tendrían que compartir los mismos medios de comunicación, por lo que el riesgo de asociación entre ambas empresas sería inminente.

LOS CONTRASTES

  • Juan Carlos RestrepoSocio de Triana Uribe & Michelsen

    “La decisión de las Superindustria fue acertada debido a que el signo solicitado no contaba con suficientes elementos distintivos que lo pudieran diferenciar del signo opositor y su reputación”.

Ante la oposición, Inversiones Cannae se defendió diciendo que el análisis del signo opositor estaba sesgado debido a que no concebía el conjunto de su marca solicitada como la totalidad de la misma. Agregó que, al escuchar el conjunto de su marca solicitada, se podía evidenciar que en esta no solo había mayor número de palabras en su nominación, sino que su pronunciación también era sustancialmente distinta.

La empresa antioqueña finalizó su intervención diciendo que el registro de su marca solicitada no traería problemas en la identidad de las empresas, debido a que ambos signos eran diferentes.
Tras analizar las posiciones expuestas, el órgano concluyó que el signo nominal con el que ambas marcas serían reconocidas en el mercado era demasiado parecido.

También señaló que, debido a que Kitecat poseía más productos bajo su nombre, el órgano debía priorizar su protección, debido a que la familia de marcas de la empresa podía verse perjudicada, por lo que negó el registro de Inversiones Cannae.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA