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Marcas

La cantante Enya detuvo el registro marcario de Enya ante la Superintendencia de Industria

La opositora afirmó que el solicitante no solo roba su identidad, sino que busca explotar la imagen para identificar instrumentos musicales

17 de septiembre de 2021

Juan Diego Murcia

jmurcia@larepublica.com.co

Enya
Canal de noticias de Asuntos Legales

Enya Musical Instrument CO se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) con la intención de registrar la marca Enya (mixta) para identificar productos comprendidos en la categoría 15 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota estuches para instrumentos musicales, diapasones, entre otros.

Posterior a la solicitud, Eithne Ní Bhraonáin, conocida como Enya, presentó un escrito de oposición contra el registro solicitado, argumentando que el signo reproduce el seudónimo famoso con el cuál la artista se dio a conocer en el mundo.

La cantante irlandesa también afirmó que ha consolidado su firma con especial letra para identificarse, la cual lleva impresa en todo el trabajo musical que ha desarrollado a través de videos, y álbumes; además, la firma está registrada en varios países del mundo por la discografía Aigle Music.

Asimismo, la defensa de la artista europea destacó que puede haber un riesgo grande de confusión en el consumidor, porque la marca solicitante comparte el mercado musical, lo que podría asociar la marca Enya con la cantante de música new age.

LOS CONTRASTES

  • Mariana ViviescasAbogada Asociada, encargada de los asuntos de PI en Buriticá Abogados

    "Mediante Resolución 54835 del 26 de agosto de 2021, la SIC negó el registro de una marca que consistía en la denominación “ENYA” acompañada de un logo que era una reproducción casi exacta de la firma de la cantante irlandesa del mismo nombre. La SIC, al resolver la oposición presentada por la cantante, encontró probada la causal del literal e) del Art. 136 de la Decisión 486/2000, el cual consagra la prohibición de registrar signos que afecten la identidad o prestigio de personas reconocidas, naturales o jurídicas. La SIC señaló que la afectación a la que hace referencia esta causal consiste en el riesgo de que el público confunda el origen empresarial de los productos que se comercialicen con dicha marca y la crean respaldada por la persona afectada, en el caso, la cantante Enya".

No obstante, vencido el término concedido por el ente regulador, la sociedad Huizhou Enya Musical Instrument no presentó respuesta a la oposición.
Luego de un análisis de irregistrabilidad, la Superindustria determinó que el signo de Enya está siendo reproducido en su totalidad. Adicionalmente, copia la caligrafía de manera casi idéntica de la firma de la cantante, por lo que “ocasionaría una afectación injustificada al prestigio e identidad de la artista”, sentenció la dirección.

Por estas razones, la Superintendencia de Industria y Comercio declaró fundada la oposición interpuesta por Enya y negó el registro de la marca Enya (mixta) de la sociedad Huizhou Enya Musical Instrument CO en la clase 15 internacional.

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