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  • Alejandro Valencia

sábado, 17 de noviembre de 2018

Superintendencia de Industria y Comercio concedió el registro de la marca Tiendas Kahvé a Cooperativa Central de Caficultores del Huila

La asociación que contribuye a promover el cultivo de café en Colombia, la Federación Nacional de Cafeteros, perdió un conflicto marcario en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) contra la Cooperativa Central de Caficultores del Huila.

La empresa, cuya zona de influencia está comprendida en siete municipios (Garzón, Gigante, Agrado, El Pital, Tarqui, Suaza y Guadalupe), solicitó el registro de la marca “Tiendas Kahvé, Huila un sueño de café”, pero luego pidió modificar el signo objeto de estudio a únicamente “Tiendas Kahvé”; esto porque la expresión adicional resulta descriptiva y genérica, por lo que sería irregistrable.

Antes de radicar la modificación, la Federación Nacional de Cafeteros presentó oposición al considerar que afectaría la protección de las denominaciones de origen “Café de Huila” y “Café de Colombia”, ya que, al obtener el registro, se aprovecharía desleal e injustamente del prestigio de las marcas opositoras.

Sin embargo, la Dirección de Signos Distintivos, encabezada por Juan Manuel Serrano, argumentó que, si bien el signo solicitado involucraba la palabra Huila, con la modificación aceptada ya no habría lugar a confusión o asociación con las denominaciones de origen porque no reproduce, imita, contiene o evoca ningún aspecto del opositor. Por lo tanto, la SIC determinó que el signo ya no se encuentra incurso en una causal de irregistrabilidad, así que resolvió declarar infundada la oposición y conceder el registro de la marca Tiendas Kahvé.

En este caso, José Luis Jerez, socio de Cáez Muñoz Mejía Abogados, analizó la resolución para determinar que "es importante tener en cuenta que una vez fue interpuesta la oposición, se solicitó la modificación del signo y etiqueta de la marca solicitada, para que fuera eliminada la expresión “Huila un sueño de café” por ser esta altamente descriptiva, genérica y pretenderse la exclusividad de esta, descripción que era el motivo de la oposición".

Esto dejaría como resultado en la solicitud final la marca Tiendas Kahvé, signo que así no resulta engañoso, "en la medida en que no atenta contra las condiciones de veracidad impuestas en el tráfico mercantil y no informa necesariamente a los consumidores erróneamente sobre los servicios que distingue. Dando como resultado la aceptación de la solicitud de modificación y el declara infundada la oposición de la Federación", agregó Jerez Rosanía.

Por último, el abogado experto explico de la resolución que, "si bien es cierto, desarrolla los aspectos relevantes de las denominaciones de origen y las indicaciones de procedencia brindando solidez a este tipo de protección para signos distintivos, tiene un impacto mayor al resaltar la relevancia que tiene la solicitud de modificación de registro, herramienta de gran utilidad para cualquier solicitante de registro de marca y que permite subsanar situaciones que podrían derivar en la negación del registro y por ende la pérdida de oportunidad, tiempo y recursos del solicitante".

LOS CONTRASTES

  • José Luis Jerez RosaníaSOCIO DE CÁEZ MUÑOZ MEJÍA ABOGADOS

    “Tiene un impacto mayor el resaltar la relevancia que tiene la solicitud de modificación de registro, herramienta de gran utilidad para cualquier solicitante de registro de marca”.

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