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jueves, 5 de noviembre de 2020

La Superindustria dijo que la expresión Italo era la dominante en el signo solicitante y, por ello, era capaz de distinguirse en el mercado

En este pleito marcario, se presentaron en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) la marca Italo Maestro (nominativa) de Comestibles Italo con el fin de distinguir productos comprendidos en la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza como coberturas de chocolate y la empresa CI Sociedad Industrial de Grasas Vegetales Sigra para oponerse contra dicha solicitud.

La compañía Sigra buscaba proteger su marca Maestro que pertenecía a una familia previamente registrada y constituida por su empresa. Según ella, los productos que comercializa son utilizados desde 1957 por diferentes industrias y, en especial, la marca Maestro es reconocida en el sector industrial de la pastelería y la panadería desde hace más de 20 años y aún en la actualidad.

En su ejercicio probatorio, Sigra dijo que su marca Maestro se encontraba registrada para distinguir productos de la clase 29 y 30 desde 1992 hasta la actualidad por lo que el signo registrado, explicó, contaba con legitimidad y vigencia histórica de explotación en el mercado.

En cuanto al cotejo visual, la compañía resaltó que el solicitante reproducía las mismas siete letras y en el mismo orden que las que utilizaba su marca.
En ese sentido, preguntó a la Superindustria que si la palabra Italo como complemento en la marca solicitante era suficiente para distinguir la procedencia empresarial de cada uno de los productos de las marcas.

Para Sigra, el consumidor promedio podría pensar que el signo Italo Maestro pretendía identificar un nuevo producto de la línea Maestro, por ejemplo, en la cocina o pastelería italiana. “Sería como incluirle a la marca Coca Cola la palabra Italo, acción que no dejaría de ser violatorio de los derechos marcarios de Coca Cola”, argumentó.

LOS CONTRASTES

  • Julio Durán MontoyaAbogado en Del Hierro Abogados

    "A pesar de existir una familia de marcas debidamente protegidas, la SIC determinó que no podía proteger solo la expresión Maestro, por ser débil y coexistir con varios signos en la misma clase"

Finalmente, por considerar que la marca a registro carecía de distintividad “extrínseca”, la compañía Sigra indicó ante la SIC que este registro debía ser negado para proteger al consumidor y así evitar la competencia desleal.
Dentro de los términos concedidos por la SIC, Comestibles Italo dio respuesta a la oposición en su contra diciendo que la expresión Maestro era de uso común en la clase 30 y, “en consecuencia, era una palabra que carecía de distintividad por ser inapropiable en exclusiva a nombre de un solo empresario”.

A lo anterior, agregó que gracias al reconocimiento con el cual contaba su marca Italo en el mercado, los consumidores al observar el signo Maestro Italo “sabrían de inmediato qué tipo de productos ampara y quién es el empresario que los ofrecen en el comercio, sin lugar a dudas o riesgo de confusión”.
Por último, la empresa mencionó que las marcas en conflicto marcario contaban con elementos gráficos para diferenciarse en el mercado y, por ello, sugirió a la SIC negar la oposición en su contra.

Por su parte, la Superintendencia halló que efectivamente la marca registrada Maestro pertenecía a una familia de marcas de Sigra. Sin embargo, explicó que en el signo solicitante la expresión Italo era la dominante y, por ende, era capaz de distinguirse del opositor y demás marcas con la palabra maestro.
Finalmente, tomando como base los argumentos presentados por las partes y en su debido examen de registrabilidad, la Superindustria negó la oposición interpuesta por Sigra y concedió el registro a la marca Italo Maestro.

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