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  • Diego Alejandro Ospina Henao

jueves, 12 de enero de 2023

La Superintendencia de Industria y Comercio recalcó que las marcas enfrentadas cuentan con canales de comercialización distintos

Mattelsa S.A.S. se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), con el objetivo de solicitar el registro de la marca Mattelsa (Mixta), para distinguir productos comprendidos en la clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza que denota prendas de vestir, cinturones, sombreros, zapatos, camisas, camisetas, tops, ropa de playa, ropa deportiva, pijama, kimonos, pantalones, jeans, shorts, sudaderas, joggers, pañoletas, chaquetas, entre otros.

Luego de la solicitud, Mattel, INC. presentó oposición con fundamento en la causal de irregistrabilidad establecida en los artículos 135 y 136 de la Comisión de la Comunidad Andina.

LOS CONTRASTES

  • Eduardo Guzmán - Dir. marcas seneor abogados
  • Eduardo Guzmán Socio de Seneor Abogados

    “Se concede la marca toda vez que los productos que identifica son diferentes y no relacionados con los productos de Mattel, por lo que los consumidores, no se confundirían”.

La opositora cuenta con las marcas registradas ante la Superindustria como Hotwheels Mattel o Mattel Games, por lo que dijo que, “la marca solicitada a registro Mattelsa reproduce de manera idéntica y total a la marca Mattel de Mattel, INC., generando un impacto general muy similar, casi idéntico, sin contar con elementos adicionales suficientes que le aporten la distintividad requerida”. Además, agregó que la parte visual de la solicitante tiene una tipografía “muy básica”, por lo que no sobresaldría en el mercado.

También argumentó que la solicitante tiene una estructura gramatical muy similar a la opositora, por lo que los consumidores no podrían diferenciar el origen empresarial de las marcas enfrentadas y llegar al riesgo de asociación.

Dentro del término concedido, Mattelsa S.A.S. respondió a la oposición argumentando que, “Mattelsa, tanto el nombre comercial, como la marca, son conocidos ampliamente en Colombia, por su uso constante y permanente en el mercado, de manera que además de que la marca Mattelsa es distintiva tanto extrínseca como intrínsecamente, ha logrado aumentar su fuerza distintiva por este uso en el mercado”. Adicionalmente, resaltó que los productos que pretende distinguir la solicitante son diferentes a la opositora por lo que no habría riesgo de confusión.

Tras revisar los argumentos, la SIC encontró que el signo solicitante distingue otros productos a los de la opositora, por lo que los canales de distribución son diferentes y no habría un riesgo de asociación de las marcas en conflicto, por lo que el registro no afecta a un tercero.

Por este motivo, la SIC declaró infundada la oposición de Mattel y concedió la marca Mattelsa de Mattelsa S.A.S.

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