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Marcas

Motos Hero le puso el freno al registro de Agencia Hero en la Superindustria y Comercio

El signo opositor aseguró que la única diferencia en la estructura ortográfica entre ambos signos era la expresión genérica “Agencia”

10 de septiembre de 2025

Lucas Martínez

Signo Opositor

Signo Solicitante


Hero Colombia
Canal de noticias de Asuntos Legales

Agencia Hero Consulting & Development SAS se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca “Agencia Hero” para distinguir servicios de la clase 35 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales son los comprendidos como publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial y trabajos de oficina.

Luego de la solicitud, Hero Investcorp Private Limited presentó oposición con fundamento en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina.

Hero Investcorp Private Limited, indicó que el signo solicitado es idéntico a la marca ya registrada, “de tal suerte que se puede afirmar que fonética, gramatical y visualmente las marcas son confundibles y, por tanto, inducen al público a error”. Agregaron que los servicios que se identifican con cada signo tienen la misma naturaleza.

De igual manera, explicaron que la única diferencia en la estructura ortográfica entre ambos signos es que la marca solicitada incluye la expresión genérica “Agencia”, lo cual señalan que no desvirtúa la confundibilidad de los signos, ya que el elemento predominante en cada una de ellas son las expresiones “Hero” y “Hero”.

Por su parte, Agencia Hero Consulting & Development SAS, indicó que la marca que ellos presentaron es más extensa en su pronunciación debido a las cinco sílabas que la conforman, mientras que el signo opositor solamente tiene dos fonemas. Añadieron que el signo de ellos posee el vocablo “agencia” el cual aporta un valor diferenciador al signo. “Es decir, desde el punto de vista conceptual, el consumidor final podrá diferenciarlos sin incurrir en error”, puntualizaron.

LOS CONTRASTES

  • Édgar Iván LeónProfesor de la Universidad Sergio Arboleda

    “La gestión adecuada de la propiedad marcaria exige un análisis previo de la viabilidad. Incluir términos adicionales a palabras de uso común no generan distintividad”.

Entre sus argumentos incluyeron que las marcas están destinadas a diferente público consumidor, situación que indican que es suficiente para permitir que el consumidor final pueda individualizar “satisfactoriamente” cada signo, esto sin confundir los servicios o sus respectivos orígenes empresariales.

Por su parte, la SIC explicó que los signos analizados son similarmente confundibles, por lo que al apreciarlos en conjunto se encuentra que son ortográfica, fonética y conceptualmente similares. Esto se debe a que el signo solicitado reproduce en su totalidad el elemento distintivo y diferenciador que hace parte de las marcas registradas.

Tomando los argumentos de ambas partes en cuenta, finalmente la SIC decidió negar el registro de la marca Agencia Hero solicitado por Agencia Hero Consulting & Development SAS.

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