Pedestrians wearing protective masks pass in front of a Victoria's Secret Pink store in the SoHo neighborhood of New York, U.S., on Monday, Dec. 14, 2020. The U.S. Census Bureau is scheduled to release retail sales figures on December 16. Photographer: Gabby Jones/Bloomberg

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  • Juan Francisco Campuzano Vélez

miércoles, 17 de marzo de 2021

La Superindustria dijo que los signos tienen elementos que los diferencian entre sí. Aparte 'Pink' común para moda y cosmética

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) recibió la solicitud de Luis Eduardo Giraldo para registrar la marca Pink Cosméticos y Fantasía (mixta). El objetivo era poder distinguir servicios comprendidos en la clase 35 de la Clasificación Internacional de Niza, que corresponde a publicidad, servicios de oficina y ventas online.

A ese registro se opuso la sociedad Victoria’s Secret Stores Brand Management LLC., propietaria de las marcas de moda femenina que llevan su nombre, y de la familia de marcas Pink.

Según ellos, el signo solicitado tiene parecidos innegables con sus marcas, y expresaron que, sumado a que pretende proteger una clase que Pink ya protege, conceder el registro confundiría al consumidor final.

La oposición afirmó que el parecido es tal, que solo hace falta ver los canales de distribución para que el argumento de la confundibilidad tenga más peso, y en ese sentido ambas marcas son complementarias.

Admitieron que la discusión debe basarse en el elemento ‘Pink’, pues ‘Cosméticos y Fantasía’ son de uso común en la clase 35. Insistieron, además, que incluso las particularidades de fuente de la solicitud no son suficientes para eliminar el riesgo de confusión.

Victoria’s Secret solicitó tener en cuenta que la familia de marcas Pink tiene una recordación en todo el mundo, por lo que debe gozar de una protección ante las autoridades.

La Superindustria explicó que Eduardo Giraldo no respondió a la oposición presentada, por lo que procedió a dar análisis a los signos.

Por un lado, dijo que, a pesar de compartir la partícula ‘Pink’, ambas marcas tienen elementos adicionales que permiten su distintividad, tanto gráfica como nominativamente.

En este caso indicó que, con base en las diferencias entre la solicitud y la familia de marcas de la oposición, el riesgo de confusión es inexistente. Por otro lado, el organismo destacó que no es suficiente la conexidad competitiva para negar el registro, por tanto, que la solicitud coincide solo con una de las 14 clases que protege la familia Pink.

Es por esto que señaló que las diferencias eran suficientes como para no entrar en detalle en la relación entre los servicios y concedió el registro de Pink Cosméticos y Fantasía.

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