Studio F

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  • Alexis Posso

miércoles, 23 de enero de 2019

American gaia corp se enfrentó a Cool Brands Supply S.A. ante la Superintendencia de Industria y Comercio

Mediante escrito presentado antes la Dirección de Signos Distintivos adscrita a la Superintendencia de Industria y Comercio, La empresa Cool Brands Supply S.A, solicitó el registro de la marca mixta “Fallen” para distinguir productos comprendidos en las clases 18 y 25 de la Clasificación Internacional de Niza; mismas que engloban artículos fabricados en Cuero y cuero de imitación o piel de animal.

Al conocer la solicitud, la comañía American Gaia Corp, titular de la marca “Studio F”, presentó oposición con fundamento en el artículo 136 literal A y articulo 137 de la Decisión 486 de 2000. la representación legal de Amarican Gaia argumentó que la empresa posee “los derechos adquiridos sobre la marca “FF Studio F”, debidamente registrada, los cuales no podrán ser desconocidos o vulnerados por parte del Despacho”.

Dadas las similitudes que la defensa afirmó encontrar en los logos de ambas marcas se añadió que “ la solicitante pretende en forma arbitraria e ilegal apropiarse en forma indebida de la marca “FF Studio F”, instando a l despacho a dejar demostrado que las marcas son similarmente confundibles en todos sus aspectos.

En respuesta oficial, la solicitante Cool Brands Supply, expresó que “los productos comercializados bajo la marca “Fallen” son altamente reconocidos y distinguidos por los consumidores”. Por su parte los represetantes de “Studio F” consideraron que de registrarse la marca, el acto sería considrado competencia desleal.

Para determinar la viabilidad de la conseción de la marca la Dirección de Signos distintivos procedió a realizar el debido examen de registrabilidad teniendo en cuenta todos los argumentos planteados por las partes.

La SIC, luego de la revisión de los componentes de ambas marcas determinó que, si bien existen diferencias en el elemento nominativo de los signos, la parte gráfica de los mismos resulta ser una reproducción de el elemento esencial de las marcas registradas “FF Studio F” pues incorporan la misma imagen (dos letras F colocadas como si una reflejase a la otra).

La SIC, declaró entonces fundada la oposición Declarar infundada la oposición interpuesta por American Gaia, frente a la causal alegada en el artículo 137 de la Decisión 486 de 2000. Y negó el registro de la marca solicitada para distinguir productos comprendidos en las clases 18 y 25 de la Clasificación Internacional de Niza.

Sobre le pleito, el abogado asociado a Amaya Abogados Propiedad Intelectual, Carlos Amaya,Opinó que si bien las denominaciones “Fallen” y “FF Studio F” resultan ser diferentes, presentan un alto parecido entre el elemento figurativo y la disposición gráfica de la doble “F” que puede inducir al consumidor a creer que el signo solicitado pertenece a la familia de marcas de Studio F.

Adicionalmente, el abogado Julio Seneor, experto y fundador de Seneor Lawyers consideró que el fallo es aceptable en tanto reconoce la similitud de los signos a la vez que no encontró competencia desleal.

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