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  • Luz Karime Grajales Cardona

miércoles, 13 de noviembre de 2019

La Cooperativa Médica del Valle y de Profesionales de Colombia Coomeva se opuso por la similitud entre los signos enfrentados

La marca Trimi logró registrarse en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) pese a la oposición presentada por Tami de la Cooperativa Médica del Valle y de Profesionales de Colombia (Coomeva).

De un lado, la compañía Trimi SAS solicitó el registro para identificar aplicaciones descargables para dispositivos móviles, apps informáticas o de software, entre otros. Sin embargo, Coomeva buscó impedir este registro con el argumento de que entre el signo Trimi y Tami existe una similitud.

La compañía opositora argumentó que la empresa solicitante pretendía “de forma reprochable” registrar una marca similarmente confundible con la expresión de su propiedad. De acuerdo con los argumentos presentados por Coomeva, se desconocía en su solicitud el derecho marcario porque no se tenía en cuenta la anterioridad de Tami, que tiene el derecho preferente de la Superindustria.

“Publicitar su marca y promocionar sus productos con sus diferentes signos distintivos registrados le ocasionaría inconvenientes a la marca opositora si se concediera el registro de Trimi”, aseguró Coomeva.

LOS CONTRASTES

  • Danilo RomeroSocio de Holland & Knight

    “Estoy de acuerdo con la decisión. Creo que el análisis de los dos signos, que tienen componentes gráficos importantes y diferentes, hace que las marcas no presenten riesgo de confusión en el consumidor”

De la misma manera, la cooperativa indicó que su marca Tami tiene el derecho exclusivo sobre el mismo y eso le permite actuar en contra de los terceros no autorizados que hagan uso de sus marcas.

Por su parte, la solicitante Trimi respondió a los argumentos de la marca opositora defendiendo la solicitud de registro. Entre otros, indicó que su signo se encuentra compuesto por dos sílabas, tres consonantes y dos vocales y la diferencia con la composición de Tami permitiría que se diferencien las marcas al coexistir.

Después de revisar el caso, la Superintendencia decidió conceder el registro considerando que las marcas enfrentadas podrían coexistir pacíficamente. “Los signos en conflicto no presentan similitudes suficientes para causar una confusión al consumidor. Si bien comparten la letra inicial y final, la marca solicitada cuenta con la composición vocálica diferente I-I, frente A-I, que hacen que los signos tengan una connotación diferente”, apuntó el organismo.

Al igual, la SIC también tuvo en cuenta la estructura gramatical de las marcas para tomar esta determinación. “Se tiene que la marca solicitada inicia con la sílaba Tri, mientras que la opositora cuenta con la sílaba Ta”, especifica la resolución.

Así mismo, el análisis se definió de la Superindustria se definió a partir del entendimiento de las diferencias encontradas, más allá de las similitudes adjuntadas por la marca opositora Coomeva.

“No solo se trata de marcas con vocales iniciales diferentes, sino que la marca solicitada cuenta con una letra adicional, la ‘r’, la cual, le brinda distintividad suficiente al signo para destacarse del previamente solicitado”, estipuló la entidad al concluir el análisis comparativo de los signos enfrentados y conceder el registro de la marca Trimi.

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