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  • Diego Alejandro Ospina Henao

miércoles, 16 de noviembre de 2022

La Superindustria reconoció la notoriedad de la opositora dentro del mercado de las telecomunicaciones dentro de Colombia

Esteban Giraldo Navarro se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) con el fin de solicitar el registro de la marca UNE (Mixta) para distinguir servicios comprendidos en la clase 36 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota servicios financieros.

Luego de la solicitud, UNE EPM Telecomunicaciones S.A. presentó oposición con fundamento en la causal de irregistrabilidad establecida en el artículo 136 de la Comisión de la Comunidad Andina.

LOS CONTRASTES

  • Ángela Amaya Socia de Amaya Propiedad Intelectual

    “La Dirección declaró fundada la oposición presentada por la sociedad UNE, ya que el signo solicitado es una reproducción exacta de la marca notoria registrada”.

La sociedad opositora recordó que llevada más de una década usando el nombre que se pretende registrar. “UNE lleva más de 10 años ofreciendo servicios de telefonía y tecnología, lo que ha permitido que sea una marca reconocida por su constante transformación, utilizada por un gran número de consumidores colombianos”, dijo.

También, recordó que se trata de una marca notoria que presta servicios fundamentales, como lo es el internet, por lo que se ha vuelto una compañía esencial en ese sector.

Adicionalmente, UNE manifestó que el signo solicitado y el opositor tienen una complementariedad de productos y servicios, debido a que los financieros que pretende comercializar la marca solicitada “requieren de publicidad para que los consumidores puedan acceder a ellos”. En ese sentido, recalcó que las entidades financieras utilizan sus servicios para comercializar, por lo que habría una conexidad entre las dos marcas que podría generar un riesgo de confusión entre los consumidores.

De igual manera, anotó que los servicios de telefonía móvil fija e internet están ligados, en cuanto los usuarios pueden pagar los servicios, créditos, o cualquier otro producto, por medio de internet, lo que causaría un riesgo de asociación en los clientes, que no podrían diferenciar el origen empresarial de las marcas.

Dentro del término concedido, Esteban Giraldo Navarro no respondió a la oposición presentada, por lo que la SIC decidió analizar los argumentos opositores. Tras su revisión, la entidad encontró que el signo solicitado no resulta lo suficientemente representativo, por lo que las marcas en conflicto podrían confundirse entre ellas, ya que la solicitada no goza de los elementos necesarios para crear una marca.

Por este motivo, la SIC declaró fundada la oposición de UNE y negó el registro solicitado.

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