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Marcas

El signo Wave no pudo registrarse en Superindustria por oposición de Philip Morris

ITC Limited no respondió a los argumentos interpuestos por la marca previamente registrada Heets Purple Wave de la empresa de tabaco

31 de octubre de 2019

Luz Karime Grajales Cardona


Reuters
Canal de noticias de Asuntos Legales

El signo Wave que pretendía identificar productos de tabaco no pudo registrarse en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) por oposición de la marca Heets Purple Wave de Philip Morris Products S.A.

La solicitud la realizó la compañía ITC Limited para identificar productos de tabaco y sucedáneos del tabaco, cigarrillos y cigarros puros, cigarrillos electrónicos, vaporizadores, entre otros.

Sin embargo, Philip Morris Products se opuso a la solicitud para defender su marca previamente registrada Heets Purple Wave. La empresa consideró que la marca Wave reproduce totalmente parte del signo que representan y, por lo tanto, se le estaría restando distintividad a las marcas que están debidamente protegidas.

Por otra parte, la compañía aseguró que conceder el registro le otorgaría derechos exclusivos a un tercero de parte de la marca opositora y afirmó que Wave no tiene elementos adicionales que lo diferencien como para concederle tal registro.

LOS CONTRASTES

  • Danilo RomeroSocio de Holland & Knight

    “Estoy de acuerdo con la SIC en la medida en que la expresión Wave no tenía las características suficientes para aliviar la confusión que puede existir entre las marcas previamente registradas por Philip Morris”

Además, Philip Morris solicitó que en el cotejo marcario se tuviera en cuenta la expresión Purple Wave debido a que el elemento Heets es una marca independiente protegida por registros individuales.

Debido a todo ello, la Superintendencia de Industria y Comercio decidió negar el registro teniendo en cuenta los resultados del análisis comparativo y la conexidad competitiva existente entre los signos enfrentados.

“Esta dirección encuentra que la marca solicitada es susceptible de generar confusión o riesgo de asociación con la marca previamente registrada, sin tener elementos adicionales que le permitan distinguirse de las marcas previamente registradas”, aseguró la SIC en el documento.

El organismo también tuvo en cuenta la conformación de ambas expresiones para determinar la similitud entre los signos, como se afirma en la resolución: “se puede generar en el consumidor una impresión de ser marcas del mismo origen empresarial, dado que dentro del conjunto marcario registrado la reproducción fonética y ortográfica de la expresión Wave es idéntica”.

El riesgo de confusión o asociación se determinó por la ausencia de elementos adicionales en la solicitud que permitieran la diferenciación del signo Wave al enfrentarse con la marca Heets Purple Wave. Por lo tanto, la Superintendencia consideró que si ambas marcas se enfrentaban en el mercado, el consumidor no lograría diferenciar el origen empresarial de cada una y, al contrario, podría asociarlos pensando que Wave es una derivada de la marca previamente registrada.

Finalmente, la decisión permite que se proteja la denominación de los signos previos y la distintividad que los mismos han ganado en el público.

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