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Marcas

WestCOL frenó registro de la marca W Wetsuitcol en la Superindustria por similitudes

La Superintendencia de Industria y Comercio dijo que el registro de este signo afectaría a un tercero, que es el caso del creador de contenido colombiano

22 de septiembre de 2025

Diego Alejandro Ospina Henao

dospina@larepublica.com.co

Signo Opositor

Signo Solicitante


La Superindustria encontró semejanzas ortográficos entre la marca solicitada y el signo registrado por el streamer colombiano
@WestCOL
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Luis Fernando Villa Álvarez, el creador de contenido de videojuegos, reacciones y entrevistas en vivo para plataformas como Kick, más conocido como WestCOL, se vio involucrado en un pleito de marcas para defender su alias.

A la Superintendencia de Industria y Comercio llegó Julián Roberto Higuera Pinilla para registrar su marca W Wetsuitcol, y distinguir servicios comprendidos en la clase 35 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota publicidad.

Pero WestCOL se opuso y alegó confundibilidad entre las marcas por la similitud fonética, porque los sonidos “wes” y “col” son idénticos en ambos signos.

También alegó conexión competitiva, puesto que ambas marcas están inscritas en la clase 35, por lo que aumenta la probabilidad de confusión. “Los consumidores podrían asociar erróneamente productos o servicios de una marca con la otra debido a la similitud en sus signos”, dijo el streamer.

La Superintendencia de Industria y Comercio explicó que la marca solicitada reproduce la raíz y terminación del nombre artístico de WestCOL, sin que la introducción de la partícula “Suit” logre diluir la evocación a la figura pública, el cual, además, cuenta con negocios como gorras personalizadas.

LOS CONTRASTES

  • Andrea Donato CastilloSocia de Marado Consulting Group

    “Considero que la SIC ignoró la especialización de W Wetsuitcol y su público específico. No comparten consumidor, por lo que no hay riesgo y su coexistencia es viable”.

La entidad explicó que, el artículo 136 de la Decisión Andina, enfatiza en que “no podrán registrarse como marcas aquellos signos cuyo uso en el comercio afecte indebidamente un derecho de tercero”.

Todo esto aplica cuando se trate de un signo que afecte la identidad o prestigio de personas jurídicas con o sin fines de lucro, o personas naturales, en especial, tratándose del nombre, apellido, firma, título, hipocorístico, seudónimo, imagen, retrato o caricatura de una persona distinta del solicitante o identificada por el sector pertinente del público.

“Esta dirección encuentra que el signo solicitado reproduce a nivel fonético y ortográfico la raíz y terminación del nombre artístico del creador de contenido en redes sociales WestCOL. El consumidor puede creer razonablemente que el empresario titular de la marca registrada ha decidido ampliar su portafolio de negocios con la inclusión de una nueva línea de productos”, explicó la SIC.

La Superindustria declaró fundada la oposición del streamer y también negó el registro de la marca W Wetsuitcol, tanto por las semejanzas en la dimensión ortográfico y visual, como por la posibilidad de que sean confundibles para los consumidores.

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