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  • Daniel Rojas Castañeda

miércoles, 19 de febrero de 2020

Elías aceptó ciertos cargos pero se negó a los de delitos de concierto para delinquir agravado y lavados de activos

El exsenador Bernardo Miguel Elías Vidal, más conocido como el “Ñoño Elías” podrá apelar su condena ante la Corte Suprema de Justicia por el caso de corrupción de Odebrecht.

Elías se había declarado como responsable de tráfico de influencias de servidor público, y cohecho propio, pero se negó a aceptar los delitos de concierto para delinquir agravado y lavados de activos.

En diciembre del año pasado, la Fiscalía había señalado que el exsenador, “ejerció como intermediario con el entonces senador Elías Vidal en el pago de sobornos relacionados con la Ruta del Sol II y la adicionó del tramo Ocaña - Gamarra”, agregando que eran coimas entregadas a servidores públicos los cuales la empresa Odebrecht tenía cooptados.

Por los hechos que aceptó, la Corte Suprema le dio una condena de seis años y ocho meses de prisión. Fallo que se dio el 28 de febrero de 2018.

Sin embargo, se dio en una única instancia luego de que en enero de ese año entró en vigencia la ley de doble instancia para los aforados. Los cual permite apelar las condenas de la Corte, pero para la fecha en el se dictó el fallo del ‘Ñoño’, no se habían instalado las salas del Alto Tribunal que permitían esas garantías.

“El derecho a la doble instancia es universal y, como corresponde, la Corte dio aplicación a ese derecho, garantizando que la decisión que condenó al ex-senador sea revisada nuevamente. De hecho, Colombia estaba en mora de garantizar este derecho a los aforados”, afirmó Miguel González Sánchez, abogado penalista y litigante.

La Corte Constitucional explicó que era necesario que la doble instancia entrara en vigencia por el alto tribunal desde que se aprobó la ley en la Corte.

De esta manera, la misma Corte decidió permitirle al ex-senador Elías tener una segunda instancia para apelar su sentencia, si él así lo desea.

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