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viernes, 11 de junio de 2021

La SIC no falló a favor de los opositores, pero tampoco otorgó el nombre a los solicitantes

Ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) se presentó Aldemar Alexi Castellanos solicitando el registro de la marca Alessa Lingerie (mixta) que buscaba identificar productos comprendidos en la clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota prendas de vestir.

Luego de la petición, Almacenes Flamingo S.A. presentó oposición con fundamento en la causal de irregistrabilidad en el artículo 136, literal a) de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina.

Los argumentos de la compañía giraron en torno a que la marca solicitante era similarmente confundible a dos marcas de las que Flamingo es titular: Alezzio y Alezzi. Además, son productos relacionados competitivamente, "lo que podría inducir a error al consumidor respecto del origen empresarial o del vínculo entre los diferentes titulares", afirmaron.

Otro argumento clave de los oponentes es que, para la marca solicitada, el elemento determinante resultaba ser la palabra 'Alessa' pues la palabra 'Lingerie' estaba reducida, lo que la hacía casi imperceptible.

"Como se hace evidente, la marca solicitada pretendió modificar las dos letras ZZ por las letras SS para diferenciar un poco, gramatical y visualmente, la marca respecto a las de mi cliente. No obstante, esta variación no se debería tener en cuenta como una diferencia relevante, pues el cambio de estas letras no modifica sustancialmente la denominación", agregaron.

También realizaron un análisis fonético de pronunciación de las tres palabras en el que se concluyó que las dos primeras sílabas de las marcas son idénticas y la última comparte pronunciación de la consonante.

Dentro del término para la respuesta, Castellanos afirmó que una de las diferencias es que la marca que representa está compuesta por seis letras mientras que Alezzio tiene siete.

“También se debe tener en cuenta que la palabra 'Alessa' hace referencia a mujeres ya que es un nombre propio femenino que identifica ropa femenina interior, al contrario de la palabra 'Alezzio', que es un nombre propio masculino”, agregó.

El representante debatió el argumento sobre la palabra 'Lingerie' en el que manifiesta que no debe ser separada, por lo que su marca estaría compuesta por la totalidad de 14 letras.

Para la decisión de la Superintendencia se tuvieron en cuenta varios factores. Uno de ellos fue la prevalencia del aspecto gráfico de la marca mixta: "si el elemento determinante en un signo mixto es el denominativo y en el otro el gráfico, en principio, no habría riesgo de confusión".

LOS CONTRASTES

  • Eduardo Cabrera GordilloSocio de Sergio Cabrera Abogados

    "Las marcas del opositor no fueron el fundamento para negar la solicitud. La SIC de oficio encontró marcas que representaban un mayor riesgo de confusión en el mercado".

Por esto, la dirección encontró que el signo solicitado no es similar a los signos Alezzi y Alezzio pues sostiene que la coincidencia en su prefijo 'ale' no es un argumento suficiente para declarar una similitud entre marcas.

Sin embargo, en un estudio de antecedentes, la SIC evidenció una similitud entre Alessa Lingerie y la marca Alexa Jilon al ser el elemento nominativo el preponderante. Lo mismo sucedió con la ya registrada marca Alessya que también era confundible al ser tan semejantes ortográficamente.

Según la resolución, entonces, se declaró infundada la oposición puesta por Almacenes Flamingo S.A., pero además se negó el registro de Alessa Lingerie por las similitudes del nombre con otras marcas, lo que podría confundir al consumidor.

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