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  • Alejandro Valencia

jueves, 10 de enero de 2019

La infertilidad no es una enfermedad cubierta por el POS de ninguna EPS y, por lo tanto, no existe un plan de salud para su tratamiento

En Colombia, frente a los Derechos Sexuales y Reproductivos, la legislación nacional no ha prestado mucha atención a los ciudadanos que requieren acceder a las técnicas de reproducción asistida. Jimmy Jiménez, abogado especializado de Integrity Legal, explicó que en el país no existe una normatividad determinante al respecto.

"Como tal no hay una ley que regule estas situaciones, pero sí algunas sentencias de la Corte Constitucional, como la T-528 del 2014, la cual concluye que la infertilidad o esterilidad no es una enfermedad que cubre el Plan Obligatorio de Salud (POS) de ninguna EPS", advirtió el abogado.

Esta decisión se dio luego de que un ciudadano interpuso una acción de tutela para solicitar el amparo de sus derechos fundamentales a la salud y reproducción porque Salud Total EPS le negó el procedimiento denominado Fertilización In Vitro (técnica por la cual la fecundación de los ovocitos por los espermatozoides se realiza fuera del cuerpo de la madre).

Jiménez resaltó que la posición constante de la Corte es que existen demasiadas problemáticas mucho más graves en Colombia asociadas a la salud y, sumado a esto, la cuestión de los recursos es limitada, considerando que este tipo de procedimientos como la fertilización in vitro cuesta más de $30 millones, según el doctor en medicina Gonzalo Ernesto Díaz de la Universidad Nacional de Colombia.

En 2014, cursaba en el Congreso un Proyecto de Ley en la Cámara de Representantes que buscaba, precisamente, que el Estado reconociera en el sistema de salud este tipo de enfermedad. "Las parejas terminan sometidas a tratamientos extremos que implican costos económicos altísimos que no son cubiertos por el sistema de salud", explicó en su momento el proyecto que nunca prosperó.

Por esta razón, Colombia actualmente no cuenta con una normatividad definitiva para los asuntos de maternidad subrogada, fecundación in vitro o inseminación artificial. Estas técnicas de reproducción asistida se encuentran en cierto grado de "Alegalidad": no son legales ni tampoco ilegales, no existe regulación ni prohibición.

Sin embargo, con base en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, no se puede poner ningún tipo de restricción a estos métodos y el territorio nacional se acoge a esta decisión, entendiéndola como un marco internacional de derechos humanos que protege la reproducción asistida.

Lo último al respecto fue que en la Corte Constitucional se abrió el debate para los que buscan tratamientos de infertilidad y no cuentan con los recursos necesarios para acceder a ellos. Esto es consecuencia de que, hace poco más de un año, se tumbo la Ley Sara que creaba una regulación y garantizaba el acceso a estos tratamientos financiados con recursos públicos.

En su momento, el Gobierno del expresidente Juan Manuel Santos, argumentó que los esfuerzos fiscales para la aprobación de esta ley serían de $13 billones, es decir, un 32,5% de lo que se destinaba al sistema de salud del país. En Octubre de 2018, algunos magistrados de la Corte tumbaron estas sanciones presidenciales según conoció El Tiempo. Por el momento, solo queda esperar que el tema vuelva a la mesa de conversación.

LOS CONTRASTES

  • Jimmy JiménezAbogado especializado de Integrity Legal

    “Como tal no hay una ley que regule estas situaciones, pero sí algunas sentencias de la Corte Constitucional, como la T-528 del 2014, la cual concluye que la infertilidad no es una enfermedad que cubre el POS de ninguna EPS”.

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