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Actualidad

Casación para todo, ¿magistrados expertos en todo?

14 de junio de 2013

Fernando Guerrero


Asuntos Legales
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Un reciente auto de la Sala Civil de la Corte Suprema recordó el tradicional carácter excluyente del recurso extraordinario de casación, al declarar bien negada la decisión de un Tribunal Superior de no conceder el referido recurso contra una sentencia de segunda instancia que éste había dictado en un proceso de competencia desleal.

Lo anterior se sustentó en el tipo de trámite que el legislador había asignado para estos casos tramitados en primera instancia ante la Superintendencia de Industria y Comercio. En otras palabras, si el tipo de trámite hubiera sido otro, la Corte hubiera entrado a estudiar de fondo el caso.
En buena hora, la futura entrada en vigencia del Código General del Proceso acabará con la distinción del tipo de trámite para establecer los temas que pueden ser conocidos por la Sala Civil de la Corte, pues cualquier causa de naturaleza declarativa podrá ser llevada en casación ante el máximo órgano de justicia ordinaria (por supuesto, seguirán siendo excluidos de su conocimiento temas de bajas cuantías y cuya segunda instancia no corresponda a un tribunal superior).
Gracias a lo anterior, se abrirá la puerta para que la Corte Suprema siente precedentes jurisprudenciales en temas que no viene haciéndolo por el tipo de procedimientos en que los mismos se ventilan, verbigracia los de competencia desleal, temas societarios, propiedad horizontal, propiedad intelectual, etc. Es decir, se abrirá la casación y la labor de unificación de jurisprudencia de la Corte en asuntos que actualmente son conocidos principalmente por las Superintendencias y otros entes de gobierno en uso de facultades jurisdiccionales.
Aunado a la congestión judicial, una de las razones que ha motivado la asignación de facultades jurisdiccionales a órganos de la rama ejecutiva es la necesidad de conocimiento especializado de los temas. 
En otras palabras, quien mejor para proferir fallos y resolver controversias en temas societarios que la Supersociedades, o la Superindustria para litigios de competencia desleal. La cuestión está en que ese conocimiento especializado no es equivalente en los servidores judiciales que conocerían de la segunda instancia de dichos fallos, como tampoco en quienes conocerían de la eventual casación, generándose el riesgo de que esa jurisprudencia unificada no sea de alta calidad.
Esta muy probable explosión de temas en casación en la Corte Suprema exigirá una mejor distribución de trabajo en esta corporación. 
Tal y como en su momento desapareció la Sala de Negocios Generales para abrir paso a las distintas secciones del Consejo de Estado, lo mismo debería ocurrir con la Sala de Casación Civil abriendo paso a salas más especializadas: sala de propiedad intelectual, sala de corporativo, sala de competencia, etc.

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