Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

  • Kimberly Serje

sábado, 1 de octubre de 2016

Aunque Colombina planteó  sus argumentos tomando como referencia su marca Ponky, la Dirección de Signos Distintivos evidenció que la solicitud no presentaba causales de irregistrabilidad por no ser objeto de confusión en los consumidores. Ante esto, procedió a conceder el registro Ponqué Ponqué, que distinguiría la clase 30 de la Clasificación Internacional Niza, la cual contempla productos como café, té, cacao, arroz, harinas y confitería.

Colombina no contenta con los resultados, decidió apelar, argumentando   nuevamente que “la marca Ponqué Ponqué solicitada a registro y la marca opositora Ponky de propiedad de Colombina, presentan grandes semejanzas gráficas, visuales y fonéticas, que resaltan a simple vista y que son susceptibles de inducir al público consumidor a error tanto en los productos respectivos como en el origen de los mismos”.

En concreto, la defensa de Colombina indicó que comparten en idéntico orden el prefijo PON y el sufijo QUE / KY, dando así una apariencia y sonido muy similar en ambas marcas.

Adicional, se aseguró que los signos en conflicto compartían la misma clase y en consecuencia, iguales canales de comercialización, distribución y publicidad.

Gerardo Flórez, asociado de Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría, comentó que “vale la pena recalcar que aunque la palabra Ponqué es en principio irregistrable, la combinación de las dos palabras más los elementos gráficos son suficientes para que el signo sea concedido”.

Cuando el caso llegó al despacho del superintendente delegado para la Propiedad Industrial, José Luis Londoño para ser evaluado, se encontró que “cada uno de las marcas cuenta con elementos adicionales que generan que al ser pronunciados y transcritos produzcan una impresión totalmente diferente en el consumidor y en caso de coexistencia no generarían riesgo de confusión ni de asociación”.

En conclusión,  el signo solicitado es más extenso y utiliza un término que tiene varios elementos, mientras que la marca registrada por Colombina usa solo un término, además sus elementos gráficos son diferentes. 

Para Edgar Iván León, profesor de la Universidad el Rosario  “aunque en principio se encuentra una similitud fonética entre las dos marcas, en realidad ambas contienen elementos que las vuelven complejas, como la posición de las letras y su clase de fuente, los colores utilizados y el logosímbolo en una de ellas”.

León agregó que en tal medida, existe una clara distintividad que da lugar a una decisión acertada por parte de la oficina de Propiedad Industrial.

Antecedentes

Por ingresos, Colombina hace parte de las 50 empresas más grandes del país. En 2015 facturó $1,3 billones,  logrando una ganancia de $44.243 millones. Su patrimonio ronda los  $325.374 millones y su pasivo alcanza los  $865.318 millones. 

Entre sus marcas más reconocidas  de dulces se destacan Bon Bon Bum, Max, Coffe de Light, millows, Grissly y Xtime. Aunque también maneja productos como salsas la Constancia, compotas Crío y espaguetis Buon Giorno.    

La opinión

Gerardo Flórez
Asociado de Ppu

“Aunque las marcas en conflicto en la Superindustria comparten su inicio, los elementos adicionales que la componen le otorgan a la solicitud de registro suficiente distintividad”.

LA REPÚBLICA +

Registrándose puede personalizar sus contenidos, administrar sus temas de interés, programar sus notificaciones y acceder a la portada en la versión digital.