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  • Germán Corcho Tróchez

domingo, 26 de enero de 2014

El sector de las telecomunicaciones cerró el año pasado como el que más multas tuvo. En solo cuatro casos: Comcel-Claro dos veces;  Telmex Colombia y Telmex Comunicaciones; y Movistar, se acumularon castigos por $90.262 millones, casi la mitad del total de las sanciones de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). 

La cifra total es además histórica. Nunca antes el comercio había tenido que desembolsar $217.000 millones, por concepto de castigos. El monto equivale a 225% más que lo recaudado en 2012 por la SIC: $85.000 millones, lo máximo hasta entonces.

El superintendente Pablo Felipe Robledo sostiene que estas decisiones no son otra cosa que la nueva capacidad con que cuenta el organismo, gracias a nuevas normatividades que rigen el mercado. Las más importantes: las leyes 1480 de 2011 o Estatuto del Consumidor, y la 1581 de 2012 o Hábeas Data. 

“A mí me tocó un momento afortunado de la Superintendencia, donde encontré una entidad fortalecida en personal y presupuesto, y una nueva normatividad con instrumentos sancionatorios eficaces”, explicó en agosto anterior, en entrevista con LR. 

El Estatuto del Consumidor es de los más eficaces. Quedó evidenciado en los dos procesos por colusión que acabaron con multas para el Grupo Nule y dos comerciantes de Corabastos.

En el proceso a los Nule, la Superintendencia determinó que los implicados se presentaron con varias firmas a dos licitaciones del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf). Una para encargarse del manejo y suministro de alimentos nutritivos y otro para programas nutricionales. “Simulando competencia entre ellas en los distintos procesos de selección, aumentando con ello sus probabilidades de ganarlos, como en efecto lo fue”.

Al final las sanciones englobaron $30.067 millones para los hermanos Manuel y Miguel Nule Velilla y su primo Guido Nule Marino como agentes del mercado; las empresas Ponce de León y Asociados Ingenieros Consultores, Bitácora Soluciones, y MNV; y Luis Rafael Monterrosa Ricardo, Antonio José Rodríguez Jaramillo y Jorge Luis Bettín Rodríguez.

El caso de los comerciantes  de Corabastos, Héctor Alberto Hernández Hernández y Orlando Ramírez Gómez, fue similar: pactaron la presentación de propuestas que les aseguraran, por lo menos a uno de ellos, la adjudicación del contrato de suministro de comidas para el Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud (Idipron).

El organismo los declaró responsables y les impuso una multa a Hernández Hernández por$388 millones, y a Ramírez Gómez por $526 millones. La SIC confirmó en diciembre ambas decisiones, de manera que las personas y las compañías investigadas quedaron obligadas a cancelar $30.982 millones. 

Robledo afirma que casos así confirman que cuando la capacidad sancionatoria del Estado es mínima o irrisoria, ninguna entidad logra cumplir con sus funciones de manera efectivo por más que trabaje, y por más casos que investigue y sancione. “Necesitan de instrumentos para investigar, pero también de normas que le permitan imponer sanciones que generen disuasión a los distintos agentes que vigila”.

Reinvertir en eduación
Con la modificación al Estatuto del Consumidor en 2011, la SIC ha dado grandes avances. Un ejemplo fue la investigación por publicidad engañosa contra la agencia de viajes argentina por internet, Despegar.com, cuyos resultados se conocieron la semana pasada. 

La asesora de la Superindustria, Mónica Ramírez, fue enfática en que la ley prohíbe claramente que se realicen prácticas que incentivan el consumo, “pero induciendo al error”. 

Juan Carlos Martínez, profesor de derecho mercantil de la Universidad de La Sabana, destacó que la legislación colombiana ha cambiado de escenarios. “Esto ha permitido que exista una regulación mínima para ajustarse a las necesidades del consumidor;  las medidas tomadas por la SIC son sanas porque protegen al mercado”. 

Relacionado con el tema del riesgo de que sanciones tan altas pueda producir pánico en el mercado o aleje a inversionistas, el académico asegura que esto se debe entender como una posibilidad de cambiar las malas prácticas comerciales entre empresarios. “Es una oportunidad para que conozcan las reglas del juego, las normativas que protegen al consumidor y puedan aplicarlas a su actividad”.

Y aunque evidentemente pueda causar molestia entre el empresariado, la misma Constitución respalda las sanciones de la SIC: establece la protección del consumidor en el mercado y obliga al Estado a protegerlo. En este sentido, la labor de la Superintendencia debe entenderse como el cumplimiento de lo consagrado en este artículo.

A modo de que haya un balance, Martínez propone que parte de los rubros recaudados con las multas se inviertan en un centro de formación al empresario.

Las opiniones

Pablo Felipe Robledo
Superintendente de Indutria y Comercio

“En la medida en que seamos implacables a la hora de defender a los consumidores y la libre competencia, pero a la vez demos a conocer nuestras decisiones, lograremos que mucha gente que tiene conductas que rayan con la ilegalidad, las corrijan”. 

Juan Carlos martínez
Profesor de derecho mercantil de la Universidad de la Sabana

“Las multas impuestas por la SIC no deben espantar al inversionista, se deben entender como una posibilidad de erradicar las conductas desleales entre los empresarios, por esto, una partida de esos rubros deben destinarse a la formación de éstos”. 

Mónica Ramírez
Asesora de la Superintendencia de Industria y Comercio

“La SIC está convencida de que todas las sanciones e investigaciones son para proteger al consumidor, y eso de ninguna manera puede perjudicar al comercio. Los empresarios deben entender la protección al consumidor como una ventaja de competitividad”.

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