Consejo de Estado expresó que colombianos podrán tener contratos por prestación con el Estado

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  • Juan Camilo Colorado

viernes, 5 de enero de 2024

La circular que había emitido Gustavo Petro sobrepasó los límites de las competencias que tiene el Poder Ejecutivo en Colombia

El Consejo de Estado se pronunció frente a la circular emitida por el presidente de la República, Gustavo Petro, sobre la imposibilidad de que personas naturales pudieran suscribir más de un contrato por prestación de servicios con el Estado. Por medio del expediente 69231, se declaró la nulidad de esta porque esta excedía las competencias del Ejecutivo.

La medida fue tomada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado en tanto que, según esta, genera una incompatibilidad e inhabilidad sobre un tema que le concierne a la Rama Legislativa, no a la Ejecutiva.

"El establecimiento de una clara incompatibilidad para que una persona pueda ejecutar dos o más contratos de prestación de servicios, cuando al menos, uno de ellos sea de apoyo a la gestión, limitación que no tiene consagración constitucional ni legal", menciona el documento.

La medida que en primera instancia el presidente de la República perseguía el fin de aumentar la eficacia de la contratación pública por medio de una contratación por servicios de manera selectiva, que se usarán este tipo de acuerdos contractuales y que los empleos de contrato existentes debían verificarse antes de realizarse nuevos estudios o diseños.

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