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  • Marcela Amaya

martes, 17 de septiembre de 2019

De acuerdo, a la Sala Plena de la Corte se presentó una violación al derecho de trabajo, por ende se tumbó la suspensión

La Corte Constitucional declaró inexequible los artículos de la norma del tránsito que corresponde a la suspensión y cancelación de licencias de conducción; dado que la cancelación de la licencia por 25 años solo se presenta en caso de conductores sancionados por influencias de sustancias psicoativas o embriagantes.

De acuerdo, a la Sala Plena de la Corte se presentó una violación al derecho de trabajo por ende se tumbó la suspensión de la licencia de 25 años que le había sido impuesta a un conductor de Uber. Mientras que la presidente de la Corte, Gloria Ortiz, se refirió al tema asegurando que el Congreso no estableció en la norma el tiempo para la suspensión de quienes fueran sorprendidos prestando el servicio público de forma ilegal, que en caso de reincidencia en transporte ilegal las autoridades podrán cancelar la licencia hasta por tres años.

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