Corte Suprema de Justicia condenó a la exdirectora del DAS y el exdirector del Dapre
María Pilar Hurtado y Bernardo Moreno fueron condenados por los delitos de de concierto para delinquir, violación ilícita de comunicaciones, abuso de función pública y falsedad ideológica en documento público
20 de mayo de 2025
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de la exdirectora del DAS, María del Pilar Hurtado, y el exdirector del Dapre, Bernardo Moreno, por los delitos de concierto para delinquir, violación ilícita de comunicaciones, abuso de función pública y falsedad ideológica en documento público.
En su decisión, el alto tribunal negó la nulidad del proceso solicitada por los exfuncionarios y declaró la preclusión de la actuación por el delito de abuso de autoridad por acto arbitrario o injusto, debido a que, en su decisión del 7 de mayo, la Sala Penal consideró que la Fiscalía probó, "más allá de duda razonable, la existencia de los hechos acusados y la responsabilidad de los procesados en tales conductas y no encontró motivos razonables que conllevaran su revocatoria", aseguró el tribunal en el fallo.
Igualmente, la Corte señaló que sí hubo un acuerdo entre exfuncionarios para adelantar labores ilegales de inteligencia desde el DAS para pagar testigos que contribuyeran a desprestigiar a blancos definidos con anterioridad.
Con respecto a la exdirectora del DAS, el alto tribunal aseguró que “Tampoco es sostenible afirmar que María del Pilar Hurtado no tuvo el dominio funcional de la conducta de los directivos e investigadores encargados de la ejecución de las tareas de inteligencia, pues sí libró órdenes, hizo seguimientos de su cumplimiento, recibió los informes detallados que rindieron las subdirecciones de la entidad y evaluó con ellas el nivel de cumplimiento de las tareas del organismo y de las expectativas de la Presidencia de la República".
En el caso de Moreno Villegas, la Corte lo vinculó con una reunión en la que se dieron instrucciones para desplegar las irregularidades desde el organismo de seguridad, y como el principal responsable de dar las “órdenes ejecutivas a la dirección del DAS y evaluaba los resultados de las tareas de inteligencia conforme al interés del Gobierno”.
Antecedentes
En medio del fallo, la Corte señaló que, aunque el 28 de abril de 2015, tanto Hurtado Afanador como Moreno fueron condenados por la Sala de Casación Penal, el proceso volvió a la Corte Suprema de Justicia para resolver el recurso de impugnación especial.
En dicha decisión, el alto tribunal reveló que entre 2007 y 2008, los exfuncionarios, en un aprovechamiento de sus cargos, desplegaron labores de inteligencia contra servidores públicos con el propósito de obtener información que luego filtraron a los medios de comunicación para desprestigiar, ante la opinión pública, a quienes la Presidencia de la República consideraba opositores políticos.
A su vez, detalló que, en dicho proceso, el DAS infiltró a la Corte Suprema de Justicia y ordenó la instalación de dispositivos que grabaron las sesiones de Sala Plena, permitiéndoles así acceder a información delicada sobre las discusiones jurídicas que los magistrados sostuvieron en la antesala de la emisión de decisiones cruciales en los procesos que investigaban los vínculos de congresistas.
El DAS también reclutó a empleados y personal de seguridad de la Corte que entregaron copias de piezas procesales reservadas e información personal de los magistrados y auxiliares, con la que formó un banco de datos de consulta permanente y diseñó el perfil político de los dignatarios.
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