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  • Melisa Echeverri

sábado, 29 de julio de 2017

Desde este martes finalizan las sanciones pedagógicas del Nuevo Código de Policía y se empezarán a imponer las multas económicas.

El próximo martes 1 de agosto finaliza la etapa pedagógica del Nuevo Código de Policía y Convivencia e inician las sanciones económicas para quienes incumplan las normas. Los 243 artículos que sancionan los comportamientos inadecuados de la ciudadanía están clasificados por cuatro tipos de multas.

La multa Tipo 1 corresponde a un valor de $98.362, que tendría que pagarse en caso de no recoger los excrementos de su mascota, obstruir por cualquier medio la ciclorruta y ocupar el espacio público con violación de las normas vigentes, entre otros.

Actos como: agredir, irrespetar o desafiar a la autoridad policiva; iniciar una riña que pueda derivar en agresión física; portar armas, elementos cortantes, punzantes o semejantes, o sustancias peligrosas, en áreas comunes o lugares abiertos al público; trasladar caninos de raza peligrosa sin bozal, correas y demás elementos establecidos; entre otros tienen una multa Tipo 2 de $196.724.

Entre los comportamientos que podría generar una multa Tipo 3, por un valor de $393.499 están consumir bebidas alcohólicas o sustancias prohibidas en establecimientos educativos o realizar actos sexuales en espacio público, entre otros.

La multa Tipo 4, por $786.898, se establece para las personas que realicen necesidades fisiológicas en espacio público, arrojar basuras en espacio público o hacer mal uso de las líneas de emergencia.

Las multas de tipos 1 y 2 ofrecen a los ciudadanos la posibilidad de conmutarlas por otras medidas correctivas, como la participación en programas comunitarios, como jornadas de ornato y embellecimiento, o en actividades pedagógicas, que consisten en la participación en programas educativos determinados y desarrollados por las alcaldías distritales o municipales. Lo anterior debe hacerse dentro de los cinco días hábiles posteriores a la orden de comparendo.

Así mismo, las multas tipos 3 y 4 pueden llegar a tener un descuento de 50%, siempre y cuando los ciudadanos la cancelen dentro de los cinco días hábiles siguientes a la imposición de la orden de comparendo.

Además, se brinda la posibilidad de tener un descuento adicional de 25% en caso de que se solicite a la autoridad de Policía participar en programas o actividades pedagógicas de convivencia.

Si transcurridos seis meses desde la fecha de imposición de la multa esta no ha sido cancelada con los intereses respectivos, la persona no podrá obtener o renovar permiso de tenencia o porte de armas, ser nombrado o ascendido en cargo público, ingresar a las escuelas de formación de la Fuerza Pública, contratar o renovar contrato con cualquier entidad del Estado, obtener o renovar el registro mercantil en las cámaras de comercio.

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