Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

jueves, 16 de diciembre de 2021

La decisión revocó el fallo que había emitido el Tribunal Administrativo de Antioquia y señaló que no está inhabilitado para el cargo

La Sección Quinta del Consejo de Estado revocó el fallo con el que el Tribunal Administrativo de Antioquia había declarado la nulidad del nombramiento de Jorge Andrés Carrillo como gerente de Empresas Públicas de Medellín (EPM). La decisión del Tribunal, del 13 de octubre de este año, sostenía que Carrillo estaba inhabilitado para ejercer el cargo, por haber sido antes integrante de la Junta Directiva de la empresa.

La Sala Electoral analizó la prohibición mencionada en el artículo 10 del Decreto Ley 128 de 1976, en el que se fundó la demanda de nulidad, y concluyó que se configura "siempre y cuando quien fue miembro de junta directiva celebrara contrato de prestación de servicios, con la misma entidad, pero no en los casos en que el acceso al cargo se realiza mediante vinculación legal y reglamentaria, como sucedió con el gerente demandado".

Con esta decisión, la alta corte cambia la postura que había adoptado desde 2004, concluyendo que no se configura la inhabilidad acusada. "La razón fundamental para la adopción de esta decisión fue el carácter restrictivo del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, con el propósito de hacerlo compatible con el derecho fundamental de acceso al cargo público", dijo el Consejo de Estado en la decisión.

Cabe recordar que el Tribunal Administrativo de Antioquia había declarado la nulidad de la designación de Carrillo en el cargo por presunta inhabilidad, luego de una demanda interpuesta por el abogado Hernán Cadavid.

"El nombramiento impugnado habría recaído en una persona que se encontraba incursa en una causal de inhabilidad, ya que con antelación al mismo se desempeñaba como miembro de la Junta Directiva de la propia Empresa la cual fue designado Gerente, actuación con la que, se afirma, se desconoce la prohibición del artículo 10° del Decreto Ley 128 de 1976", dice en la decisión proferida por el Tribunal.

“Para terminar con broche de oro este 2021: Consejo de Estado rechaza pretensión de miembros del Centro Democrático que querían tumbar el nombramiento del gerente de EPM”, celebró el alcalde de Medellín, Daniel Quintero, tras conocer la decisión.

En su momento, EPM anunció la impugnación de la decisión y señaló que Carrillo se mantendría en el cargo, como en efecto sucedió, hasta tanto no se diera una decisión de última instancia.

LA REPÚBLICA +

Registrándose puede personalizar sus contenidos, administrar sus temas de interés, programar sus notificaciones y acceder a la portada en la versión digital.