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lunes, 24 de agosto de 2020

El Ministerio de Relaciones Exteriores asegura que ha adelantado todas las gestiones para que sea extraditado a Colombia

El exjefe paramilitar Salvatore Mancuso será expulsado de Estados Unidos a más tardar el próximo 4 de septiembre, informó el Tiempo. Esto, teniendo en cuenta que el tiempo máximo para una deportación es de 90 días una vez cumplida la pena, y Mancuso ya cumple más de 150. La duda, entonces, es cuál sera el destino del exjefe: la defensa solicita que sea enviado a Italia, país del que también es residente; sin embargo, el Gobierno de Colombiano también ha manifestado su interés en que Mancuso sea deportado a este país.

A través de un comunicado, la Cancillería de Colombia aseguró que ha adelantado las gestiones necesarias para presentar las solicitudes extradición que pesan sobre el exparamilitar Salvatore Mancuso y que estas se resuelvan de manera favorable. Así mismo, recordó que la competencia de solicitar a una persona en extradición es exclusiva de la Rama Judicial, por lo que el papel del Gobierno Nacional ha sido el de estar atento a los requerimientos y dar celeridad a los trámites.

Así mismo, el Ministerio de Relaciones Exteriores recordó que contra Mancuso se han presentado cuatro solicitudes, por orden judicial, de las cuales tres están vigentes. Dos de estas obedecen requerimientos de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal de Barranquilla, interpuestas el 15 de abril y el 13 de mayo, por los delitos de homicidios en persona protegida; desplazamiento forzado de población civil; y desaparición forzada. Por su parte la Sala de Justicia y Paz con funciones de conocimiento del Tribunal Superior de Bogotá, el pasado 20 de agosto, hizo una solicitud para Mancuso sea privado de la libertad una vez llegue a Colombia, para cumplir con las sentencias del 20 de noviembre y 31 de octubre de 2014, en las que fue condenado por crímenes durante el conflicto armado. Esas sentencias fueron confirmadas por la Corte Suprema de Justicia.

Además, el pasado 13 de mayo el Juzgado 18 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá presentó una solicitud basada en la condena como responsable de secuestro extorsivo agravado, impuesta por el Juzgado 2º Penal del Circuito Especializado de Cundinamarca. Esa solicitud, sin embargo, "fue retirada el día 17 de julio de 2020 por orden del Juzgado Penal del Circuito con función de Ejecución de Sentencias para las Salas de Justicia y Paz, en atención a que el Juzgado 18 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, constató, con posterioridad a expedir la orden de solicitud de extradición, que la pena de 27 años y 8 meses de prisión que sustenta la condena que motivaba ese pedido de extradición había sido objeto de acumulación en la sentencia transicional parcial proferida el 20 de noviembre de 2014, por la Sala de Conocimiento de Justicia y Paz del Tribunal de Bogotá".

De igual forma, la Cancillería recordó que corresponde a las autoridades de Estados Unidos establecer si en su marco jurídico la justicia transicional se ajusta a los requisitos establecidos para tramitar una orden de detención preventiva, y señaló que desde entidades como el Ministerio de Justicia, la Embajada de Colombia y Washington y el Ministerio de Relaciones Exteriores se han adelantado gestiones con el fin de que el exjefe paramilitar sea devuelto a Colombia.

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