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martes, 25 de febrero de 2020

El Consejo de Estado comunicó que había denegado las pretensiones presentadas, por lo cual, la multa instaurada sigue vigente

El Consejo de Estado denegó la acción de tutela que había presentado el excomandante del Ejército, el General (r) Nicacio Martínez, con la que pretendía dejar sin efectos una sanción que le habían puesto.

Esta había sido impuesta por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y consistía en una multa de un salario mínimo mensual vigente por el desacato a un fallo de tutela.

La acción de amparo que produjo la sanción de Martínez falló el 5 de agosto de 2016, y le otorgaba al Ejército la obligación de desacuartelar a un soldado, expedir su respectiva libreta militar y autorizar una cirugía de rodilla.

Sin embargo, por el presunto incumplimiento de los procedimientos necesarios para que la Unidad de Sanidad del Ejército atendiera su obligación de prestar los servicios de salud al soldado, al General se le impuso una sanción por desacato.

Finalmente, la Corte determinó que con la ratificación de la sanción, no se le desconocían los derechos fundamentales al militar. Teniendo en cuenta que, ante el Tribunal, se había incumplido la acción de tutela al no haberse efectuado todos los procedimientos para la cirugía de rodilla del soldado.

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