Corte decidió que matrimonio de hecho con menores de 18 años es inconstitucional

La Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que la edad mínima para contraer matrimonio en Colombia es de 18 años, tras declarar inexequibles y condicionar varias disposiciones del Código Civil y otras leyes relacionadas. Con este fallo, la Corte refuerza la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y alinea la legislación nacional con los compromisos internacionales en materia de derechos humanos.
La sentencia C-039 de 2025 responde a una demanda contra varios artículos del Código Civil, así como a disposiciones de las leyes 1306 de 2009 y 54 de 1990, que en algunos casos permitían el matrimonio y las uniones maritales de hecho con personas menores de 18 años. La Corte, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger, concluyó que estas normativas eran contrarias a la Constitución y al llamado "bloque de constitucionalidad", especialmente en lo que respecta a la protección de los derechos de los menores de edad.
Entre los argumentos más destacados de la Corte, se menciona el artículo 16.2 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, que prohíbe el matrimonio infantil, y el artículo 1 de la Convención sobre los Derechos del Niño, que define a los menores de 18 años como niños y niñas. Estas disposiciones internacionales, vinculantes para Colombia, fueron fundamentales para declarar que cualquier tipo de matrimonio o unión con menores de edad es inconstitucional.
Llamado a las autoridades
La Corte no solo declaró inconstitucionales las normas que permitían estos matrimonios, sino que también instó a las autoridades nacionales y territoriales a diseñar políticas públicas para prevenir y erradicar las uniones y matrimonios tempranos. La Corte señaló que estas prácticas son dañinas, basadas en estereotipos de género y paradigmas culturales que deben ser superados.
Orden a la Defensoría del Pueblo
Adicionalmente, la Corte ordenó a la Defensoría del Pueblo promover los derechos humanos, especialmente en las regiones del país donde hay una mayor incidencia de matrimonios y uniones tempranas. La Defensoría deberá realizar campañas pedagógicas para difundir la sentencia y promover los derechos de las niñas y adolescentes, involucrando a comunidades campesinas, étnicas y académicas.
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