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Judicial

Epa Colombia le pedirá a la Corte definir los límites entre vandalismo y terrorismo

La Corte Suprema rechazó la tutela interpuesta por la defensa en la que solicitaron anular la decisión de enviarla a prisión

16 de julio de 2025

Sara Ibañez Pita


Daneidy Barrera, EPA Colombia
Captura de pantalla, YouTube
Canal de noticias de Asuntos Legales

La Corte Suprema de Justicia rechazó la tutela interpuesta por la defensa de Daneidy Barrera Rojas, empresaria e influencer conocida como Epa Colombia, en la que solicitó anular la decisión de condenarla a una pena de 63 meses y 15 días de prisión por los delitos de instigación a delinquir con fines terroristas, daño en bien ajeno y perturbación del transporte público.

En respuesta, la Sala de Casación Laboral explico que "la difusión masiva de contenidos violentos y destructivos a través de redes sociales tenía la potencialidad de incitar a terceros a replicar conductas delictivas” y ratificó la condena, por lo que Epa Colombia seguirá recluida en la Cárcel El Buen Pastor, en Bogotá.

Francisco Bernate, abogado de la influenciadora, se pronunció al respecto y le comentó a Colprensa que el recurso de amparo ya había sido presentado y rechazado anteriormente por la Sala Civil. “Esta es una decisión en la que efectivamente se despacha de manera desfavorable una apelación que se interpuso por esta defensa respecto de una negativa de una tutela”, dijo también.

La defensa declaró que, con base en la decisión del alto tribunal, solicitarán la revisión de la tutela por parte de la Corte Constitucional para que se analicen los alcances del fallo penal y se definan los límites entre vandalismo y terrorismo.

Bernate también confirmó que la empresa Productos EPA ha efectuado dos pagos por un total de $57 millones para compensar los daños ocasionados y está en negociaciones para entregar una suma de $360 millones a Transmilenio.

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