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jueves, 8 de julio de 2021

Las causales incluyen incumplimiento contractual por parte del arrendatario o necesidad del dueño del inmueble de iniciar un negocio

Si usted es arrendatario de un local comercial debe tener en cuenta las consideraciones legales que lo cobijan y a su negocio. Para iniciar, debe saber que la Corte Suprema de Justicia ratificó los derechos de los comerciantes que pagan por el uso de un espacio para el desarrollo de sus actividades.

El fallo se dio porque un propietario de una tienda de zapatos no pudo pagar varios meses de arriendo a causa de obras que obstaculizaban el paso a su local, lo cual redujo sus ganancias. Por esta razón, la inmobiliaria se negó a renovar su contrato sin ninguna causa legal. Cabe acotar que el comerciante alquilaba el espacio desde hace 18 años.

La Sala de Casación Civil recordó que los arrendatarios tienen derecho a gozar del espacio arrendado, además de la renovación del contrato. Sin embargo, hay varias consideraciones legales a tener en cuenta. Para ello, Asuntos Legales le ofrece un panorama sobre lo qué debe tener en cuenta en la renovación de contratos comerciales.

Renovación del contrato

Según Michael Moreno Álvarez, socio departamento Derecho Corporativo Paniagua & Tovar Abogados, los arrendatarios gozan de una prerrogativa luego de que han cumplido dos años en algún inmueble ejerciendo sus labores comerciales. “El derecho a la renovación del contrato obliga al arrendador a renovar el uso del espacio. Es de carácter obligatorio luego de dos años salvo tres excepciones”, dijo el abogado.

En cuanto a las únicas causales que pueden justificar la terminación del contrato luego de dos años, Álvarez afirmó que la primera se da si el arrendatario incumplió con los términos contractuales pactados inicialmente. Asimismo, agregó que el arrendador dará por terminado el contrato si es necesario hacer reformas estructurales al inmueble, ya sea por mantenimiento o porque la estructura está en ruinas.

Por último, el abogado aseguró que el arrendador podrá solicitar el espacio si va a desempeñar funciones comerciales, siempre y cuando sean diferentes a la de su arrendatario. En este punto, una última consideración a tener en cuenta es que los dueños del inmueble, cuando se trata de reparación o uso, deben avisarle al comerciante seis meses antes para que este pueda reacomodarse en otro lugar y no vean afectados sus fines de lucro.

Indemnizaciones

Luego del paso de dos años, las únicas causales para la terminación del contrato son las mencionadas anteriormente. En caso de que no haya justa causa para la terminación del vínculo contractual, el comerciante podría percibir una indemnización por los perjuicios causados. “La indemnización puede ser bastante amplia porque incluye lo que se deja de percibir en ventas; también cobija a los empleados que la empresa haya despedido a causa de la no renovación del contrato. En conclusión, la indemnización dependerá de todas las pruebas con relación a la afectación comercial que pueda reunir el arrendatario”, dijo el abogado.

LOS CONTRASTES

  • Michael MorenoSocio en Panigua & Tovar Abogados

    “El arrendador y arrendatario gozan de los mismos derechos ante cualquier pacto. Los dos tienen obligaciones y derechos estipulados contractualmente”.

  • Diego Márquez Socio Del Hierro Abogados

    “Se debe llegar a un acuerdo con el arrendador para que dentro del alcance del contrato se modifiquen términos iniciales y llegar a formas de pago”.

Álvarez aseguró que también hay libertad contractual entre las partes para pactar indemnizaciones y plazos para la terminación del acuerdo. No obstante, recordó que este escenario tiene lugar antes de que se cumpla el lapso de dos años explicado anteriormente. “Yo arriendo el local comercial por un año y puedo establecer su terminación con un preaviso de tres meses sin ningún problema. También puedo decir que en caso de no hacerlo en los tres meses pagaré tres cánones de arrendamiento de multa porque no estamos en el escenario de derecho de renovación”, puntualizó el abogado.

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