Fedequinas no registró su marca Unicornio
La Federación Colombiana de Asociaciones Equinas (Fedequinas) solicitó el registro de la marca Unicornio ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
Sin embargo, aún cuando no se presentaron oposiciones, la existencia de la marca Unicorn de Sirsi Corporation obligó a la autoridad local a negar el registro. Los apoderados de Federación ya solicitaron la cancelación de la marca registrada por falta de uso y esperan la nueva respuesta.
El último día de julio de 2012, Fedequinas solicitó ante la SIC el registro de la marca Unicornio para distinguir “programas de ordenadores o de computadores destinados a almacenar información correspondientes con reportes de monta, empadronamientos, genotipificación de razas equinas”, productos de la clase 9 de la Clasificación Internacional de Niza.
La Superintendencia atendió la solicitud y publicó en la Gaceta de Propiedad Industrial la marca del solicitante y, aun sin haberse presentado oposición parte de otra empresa, se realizó el examen de registrabilidad según la decisión 486 de la Comunidad Andina.
En el estudio, la SIC encontró la existencia de la marca Unicorn de la empresa Sirsi Corporation que también está determinada en la clase 9 de la clasificación internacional. Al hacer el cotejo de los signos, determinó que se reproduce la estructura gramatical y, por lo tanto, existe una coincidencia fonética que deriva en una posible confusión por parte del público consumidor.
Además, para la Dirección de Signos Distintivos, indicó que “el signo pretende identificar productos que no solo pertenecen a la misma clase, sino que se identifican plenamente con los mismos y su comercialización”.
Razones por las cuales, esta dependencia resolvió negar la solicitud y otorgar, como ordena la normatividad, el recurso de apelación ante el superintendente delegado para la Propiedad Industrial.
El 14 de enero de 2013, los apoderados de Fedequinas solicitaron la cancelación por falta de uso de la marca nominativa Unicorn. A su vez, la firma Sirsi Corporation no presentó oposición en los tiempos establecidos por la SIC; por lo cual, el 16 de mayo de este año se oficializó la cancelación total del registro.
Luis Ángel Madrid, experto en Propiedad Industrial de la Universidad Sergio Arboleda, explica que en este tipo de casos es posible que se niegue el registro marcario en segunda instancia, aun cuando se ha eliminado el obstáculo que no permitió la entrada de la marca al mercado.
“Suponiendo que no se interponga ningún recurso a la cancelación de una marca registrada, y por lo tanto desaparezca la causal del fundamento de la negación; aun en ese caso, el superintendente delegado para la Propiedad Industrial debe realizar el examen de registrabilidad y evaluar todos los eventuales casos que afecten los derechos del signo previamente registrado. De hecho, ha ocurrido que se afecta el registro por otro motivo o por otra causal distinta a la que se consideró en primera instancia”, indica Madrid.
Falta, entonces, esperar la última decisión de la Superintendencia para resolver la solicitud de registro de Fedequinas. Aunque el común denominador en estos casos, es la concesión.
La opinión
Luis Ángel madrid
experto en propiedad industrial, U. Sergio Arboleda
“La autoridad competente debe pronunciarse sobre cualquier otra situación que el despacho encuentre y puede afectar la solicitud de registro, así se haya superado el obstáculo inicial. No hay garantía absoluta”.
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