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Actualidad

Firmaron acuerdo entre la Unión Sindical Obrera y Ecopetrol

01 de junio de 2013

Andrea del Pilar Mancera


Canal de noticias de Asuntos Legales

Ya se dio solución al conflicto laboral suscitado en 2004 entre la Unión Sindical Obrera y Ecopetrol, por el despido de 256 trabajadores durante huelgas que en su momento fueron declaradas ilegales.

El acuerdo se dio a instancias de la Comisión Especial de Tratamiento de Conflictos ante la OIT (Cetcoit), debido a la petición de la Procuraduría General de la Nación y el Ministerio de Trabajo.
Según el Ministerio Público, en los periodos 2002 y 2004 se registraron ceses de actividades promovidos por la Unión Sindical Obrera (USO), que fueron declarados ilegales por el entonces Ministerio de la Protección Social a través de las resoluciones 1878 de 2002 y 1115 de 2004. Ecopetrol decidió, al amparo de estas declaratorias, el despido de 256 de sus trabajadores.
En 2011, el Consejo de Estado declaró nula la Resolución 1116 de 2004, argumentando que en trámite de declaración de la ilegalidad de la huelga no se escuchó a los posibles afectados y no se practicaron pruebas, trasgrediendo con ello los postulados de la Constitución sobre la garantía del debido proceso.
Ecopetrol y la USO habían celebrado varios acuerdos buscando dar solución a este conflicto, sin embargo la organización sindical continuó presentando ante la OIT inquietudes sobre la situación del personal que fue desvinculado con ocasión del conflicto colectivo.
La Procuraduría General de la Nación y el Ministerio del Trabajo elevaron solicitud ante la Cetcoit para tratar este conflicto y avanzar hacia su solución definitiva, propósito que se concretó con la firma del mencionado acuerdo. La Procuraduría le hará seguimiento al cumplimiento de lo pactado.
Pliego de cargos
La Procuraduría formuló pliego de cargos al exgerente general del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), por la presunta desvinculación irregular de cuatro funcionarios con fuero sindical que tuvieron que ser reintegrados e indemnizados.
El implicado es Andrés Darío Fernández Acosta, en su condición de gerente general del ICA para el 2008. Los hechos están relacionados con la expedición de los actos administrativos mediante los cuales se dio por terminado el nombramiento provisional sin adelantar el respectivo proceso judicial para levantar el fuero que los cobijaba.
Según el órgano de control, el investigado debió tener en cuenta la garantía de aforado sindical que consiste en que “ningún trabajador amparado puede ser despedido ni desmejorado en sus condiciones de trabajo, sin previa calificación judicial (…)”.  Se considera que de acuerdo con lo establecido en la Ley 712 de 2001 el exfuncionario Fernández requería autorización previa del juez laboral y debió solicitarla antes de despedir a los funcionarios con fuero sindical, pues ellos no se encontraban incursos en ninguna de las excepciones que contempla la Ley.
La Procuraduría Delegada para la Economía y Hacienda Pública calificó provisionalmente la falta cometida por el entonces gerente general del Instituto Colombiano Agropecuario como grave a título de culpa grave.

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