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Actualidad

Galletas Noel quiere evitar el registro de la marca Saltitacos de Industrias Tomy

15 de marzo de 2013

Ana María Bedoya Jiménez


Canal de noticias de Asuntos Legales

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) declaró fundada la oposición de la Compañía de Galletas Noel y negó la marca Saltitacos solicitada por Industrias Tomy para amparar productos comprendidos en la clase 30 de la Clasificación Internacional Niza. No obstante, la empresa solicitante presentó recurso de apelación el pasado 6 de diciembre buscando que la SIC revoque la decisión. Esta resolución podría conocerse a finales del mes de mayo.

Dicho desacuerdo se presentó con el fin de desvirtuar el registro marcario, con fundamento en la supuesta similitud y confundibilidad del signo solicitado con la marca Saltín Noel. En respuesta, Industrias Tomy afirmó que los signos enfrentados solo comparten la partícula “Salt” que es de uso común para la clase 30 y que adicionalmente la expresión “Saltitacos” se encuentra registrada a su nombre en la clase 30, es decir, café, harinas, pastelería entre otras.

Galletas Noel es una empresa nacional, reconocida por sus marcas Saltín Noel, Ducales, Festival, Tosh, Dux, MiniChips, entre otras.

Su casa matriz está ubicada en Medellín y cuenta con sedes en Bogotá, Bucaramanga, Barranquilla, Ibagué, Pereira y Cali. Por su parte, Industrias Tomy es una empresa risaraldense comercializadora de galletas.

Ante la solicitud, Helena Camargo Williamson argumentó que existe confundibilidad en el conjunto de las marcas. “No es solamente la expresión Salt, sino todo el conjunto marcario, los colores y la disposición de los elementos. Existe similitud visual y gráfica que podría llevar al consumidor al error”, agregó.

De este modo, la Dirección de Signos Distintivos de la Superindustria procedió a realizar el examen de registrabilidad teniendo en cuenta todos los argumentos y pruebas presentadas por las partes.

“En la apreciación sucesiva y en conjunto de los signos enfrentados, se evidencian importantes similitudes en los elementos gráficos, como lo son la coincidencia de tener un fondo rojo, con su distintivo principal en letras gruesas y sobrepasado con amarillo”, explicó la resolución de la SIC.

Agregó que además de compartir el mismo color y trasfondo, la tipografía de la expresión “Salti”, es similar, por lo que una eventual coexistencia de los signos enfrentados en el mercado, expediría en el consumidor un eventual riesgo de confusión.

El signo solicitado (Saltitacos) y el signo opositor (Saltín Noel) pretenden distinguir productos de la clase 30, “por tal razón comparten la misma naturaleza y finalidad, así como canales de comercialización y promoción en medios de publicidad”, argumenta la SIC.

Es así como la Superindustria advirtió que los usuarios de los productos Saltín Noel, podrían adjudicarle la misma naturaleza empresarial a los consumidores de Saltitacos, debido a la extrema similitud que presentan los signos y a sus cercanos vínculos comerciales.

“De permitirse el registro, el consumidor no contará con los elementos suficientes que le permitan diferenciar en primera instancia el producto, y en segundo lugar el origen empresarial de uno y otro, presupuesto indispensable para lograr registrar un signo”, concluyó la entidad.

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