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Laboral

Corte designará un conjuez para debatir la pensional tras recusación contra Carvajal

La ponencia presentada ante la sala plena sobre el incidente de recusación contra Carvajal busca apartarlo de la discusión

24 de noviembre de 2025

Juan Diego Murcia

jmurcia@larepublica.com.co

Gráfico LR
Canal de noticias de Asuntos Legales

La Sala Plena de la Corte Constitucional resolvió las recusaciones presentadas contra los magistrados Héctor Carvajal y Jorge Enrique Ibáñez, así como la que pesaba sobre la propia Sala Plena.

El magistrado Carvajal fue oficialmente apartado del debate después de que la Corte aceptó la recusación, dado que previamente había asesorado a Colpensiones y emitido conceptos relacionados con la nueva normativa.

La recusación contra Carvajal fue presentada por la senadora Paloma Valencia, quien argumentó que sus conceptos para Colpensiones comprometían su imparcialidad al evaluar la constitucionalidad de la reforma.

En el marco del incidente de recusación, Ibáñez solicitó a Colpensiones remitir los contratos que tuvo con Carvajal antes de que este fuera elegido magistrado, con el fin de determinar posibles acciones derivadas de los conceptos emitidos sobre la ley. Tras el cruce de comunicaciones, Colpensiones cuestionó una nueva solicitud de la Corte y afirmó que nunca ha intentado obstaculizar el trámite de la reforma.

Tras la recusación aprobada 7-1 que separó a Héctor Carvajal de la discusión de la Corte Constitucional, la Sala Plena continúa el debate de fondo de la reforma pensional con los ocho magistrados restantes. Luego del empate 4-4, el debate continuará con la participación de un conjuez.

El concejal Daniel Briceño celebró lo ocurrido en la Sala Plena de la Corte Constitucional.

El presidente Gustavo Petro se refirió a la noticia y dijo que parte de la Corte Constitucional se mueve para hundir la reforma pensional, lo cual, a su juicio, "sería un gran insulto a la idea de construir un estado social de derecho".

Petro dijo que, al hundir la reforma pensional, los magistrados de la Corte Constitucional llevarán a la quiebra también a los fondos privados de pensiones. "La tesis de decir que no se cumplieron los requisitos de forma, es decir, que los anuncios en sesiones tienen que tener mayoría de asistentes, lo cual borra todo el trabajo legislativo del Congreso en años, es un absurdo".

Petro aseguró que un verdadero movimiento de tipo político y no jurídico, para hundir la reforma pensional. "La instauración del comité para reunir las firmas suficientes para convocar la asamblea constituyente debe ponerse en práctica", dijo.

Las advertencias de Asofondos

La Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías, Asofondos, envió una carta a Jorge Enrique Ibáñez, presidente y magistrado de la Corte Constitucional, en la que advirtió que, si la reforma pensional es declarada inexequible y la decisión tiene efectos inmediatos, podrían generarse graves afectaciones al ahorro pensional.

El gremio recordó que la medida establecida en el artículo 76 de la Ley 2381 de 2024 habilitó a los afiliados de los dos regímenes pensionales de la Ley 100 de 1993 (el Régimen de Prima Media con Prestación Definida y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad) que se encuentren a menos de 10 años de la edad de pensión y que al 30 de junio de 2025 acumulen 750 semanas cotizadas, en el caso de las mujeres, y 900 semanas, en el de los hombres, para trasladarse al régimen que consideren más conveniente, previa doble asesoría.

Al 20 de octubre de 2025 se habían trasladado 110.035 afiliados desde los fondos privados hacia Colpensiones, y 3.643 afiliados de Colpensiones hacia una AFP, lo que generó un ahorro acumulado cercano a $25 billones.

Carta de Asofondos para la Corte Constitucional
Carta de Asofondos para la Corte Constitucional

Asofondos explicó que, en el evento en que la Corte Constitucional declarara la inexequibilidad de la Ley 2381 de 2024, bajo las reglas actuales de la Ley 100 de 1993, los recursos de las personas que se trasladaron válidamente en uso de esa ventana de oportunidad deben liquidarse y girarse en efectivo a Colpensiones en un plazo muy corto, dado que dicha entidad no tiene autorización legal para la administración de activos o títulos.

El problema, según explicó el gremio, es que una operación de tal volumen de recursos generaría una disminución en el valor de los activos al momento de su liquidación y afectaría negativamente el valor del fondo conservador, pues ese monto representa más de 50% de su valor actual. Esto impactaría los derechos pensionales de los afiliados que no se trasladen.

"El fondo conservador tiene aproximadamente 71% invertido en deuda pública interna, acorde con el perfil de quienes están próximos a jubilarse. Una liquidación de más de $17 billones en TES (71% de $25 billones) en un corto plazo aumentaría la oferta de bonos soberanos, lo que provocaría una caída en los precios de los TES y un aumento de sus tasas de interés, perjudicando el valor de las inversiones de los afiliados y encareciendo el financiamiento del Gobierno. Si tales recursos permanecieran en las cuentas de ahorro individual de los afiliados hasta el momento de la pensión, al momento de la pensión la AFP le girará a Colpensiones, más recursos, dado que deberá girar todos los rendimientos generados mientras la persona no se haya pensionado", explicó el gremio.

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