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Actualidad

Inasistencia a consultas médicas programadas no se multa

22 de mayo de 2012

Canal de noticias de Asuntos Legales

El Ministerio de Salud y Protección Social expidió en marzo 23 de 2012, el concepto jurídico No. 60155.

Las consultas médicas a las que se refiere el artículo 55 de la Ley 1438 de 2011, de acuerdo con la definición dada en el artículo 9 del Acuerdo 08 de 2009, son aquellas de carácter médico que han sido programadas con anterioridad, sin importar su nivel de complejidad. Lo anterior considerando que el legislador señaló expresamente que la disposición opera sobre las citas médicas y no sobre otro tipo de consultas.

De esta manera quedan cobijadas por la norma, es decir, con la exención de multa por no asistir a citas médicas, todas las consultas médicas que hayan sido programadas, sean de carácter general o especializado. Las disposiciones contempladas en otras normas respecto a las consultas o citas deberán entenderse que se predican solamente sobre este tipo de consulta más no puede comprenderse que bajo la misma referencia quedan abarcadas otras consultas, diferentes a esa. Así como las consultas a las que se refiere el artículo 55 de la Ley 1438 de 2011, de acuerdo con la definición dada en el artículo 9 del Acuerdo 08 de 2009.

Lo anterior considerando que el legislador señaló expresamente que la disposición opera sobre las citas médicas y no sobre otro tipo de consultas. De esta manera quedan cobijadas por la norma todas las consultas médicas que hayan sido programadas, sean de carácter general o especializado'. De donde se desprende con claridad que el incumplimiento de las citas médicas generales, con especialista o de medicina alternativa no generan la imposición de multas, no así a las citas odontológicas y por ayudas diagnósticas.

Congreso de la República
Se articulará en niveles nacional y territorial el sistema integral de apoyo a la mujer y al menor
La presente ley tendrá por objeto identificar, consolidar y unificar de manera eficiente en los niveles nacional y territorial las entidades y medidas legales y administrativas existentes contra cualquier forma de violencia de género a través de la articulación del Sistema Integral de Apoyo a la Mujer y a la Menor en Situación de Maltrato, de forma tal que éste se constituya en el mecanismo rector oficial y permanente para la prevención y protección contra el abuso de que son o llegaren a ser víctimas las mujeres.

Consejo de estado
El manifiesto de carga es el documento que contiene la relación de todos los bultos
De acuerdo al Decreto 2101/08, se define el manifiesto de carga como el documento que contiene la relación de todos los bultos que comprende la carga, incluida la mercancía a granel, a bordo del medio de transporte y que va a ser cargada o descargada en un puerto o aeropuerto, o ingresada o exportada por un paso de frontera, excepto los efectos correspondientes a pasajeros y tripulantes, y que el representante del transportador debe entregar debidamente suscrito a la Dian.

Corte Constitucional
La administración no puede revocar unilateralmente un derecho pensional
Sentencia T-477/11. Actos administrativos de carácter particular y concreto son irrevocables sin el consentimiento del particular, en los términos señalados en la ley. Lo anterior significa que la Administración no puede suspender la efectividad de una prestación, sin iniciar una actuación administrativa que contemple el derecho al debido proceso. Cuando exista duda sobre legalidad del nacimiento de un beneficio prestacional, sólo se puede suspender el pago cuando haya indicio de fraude.

Consejo de estado
Las partes son quienes en el pacto arbitral delimitan las controversias al Tribunal
Son las partes las que desde un primer momento, fijan el objeto del arbitraje, estableciendo, en el pacto arbitral, cuál o cuáles son las controversias que someten al conocimiento del tribunal que se ha de constituir, las que seguidamente, se deben reflejar de manera posterior en la demanda o convocatoria del tribunal, en la respectiva contestación, si a ello hay lugar en la demanda de reconvención y en la contestación a ésta, pues todas ellas deben quedar enmarcadas dentro de lo convenido.

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