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Actualidad

La compañía Zenú logró proteger su marca notoria Ranchera

05 de febrero de 2016

Melisa Echeverri


Canal de noticias de Asuntos Legales

Cuando la empresa Avícola Santa Rita presentó la solicitud de la marca Santa Rita Ranchero, no pasó mucho tiempo para que recibieran una oposición. 

La compañía colombiana de producción y comercialización de carnes, Industria de Alimentos Zenú S.A.S, manifestó su desacuerdo por la semejanza del signo solicitado con su marca registrada Ranchera. 

Según el documento que entregó el apoderado, Juan Guillermo Moure, en términos gramáticos y fonéticos los signos son muy similares, y conceptualmente, Ranchero y Ranchera evocan el mismo concepto de rancho, granja o algo silvestre.

Además, argumentó que de aprobarlo podría haber riesgo  de confusión directa e indirecta porque es posible que el consumidor asocie las dos marcas a un mismo origen empresarial, así como podría hablarse de un aprovechamiento de la reputación de la notoriedad de su marca en el sector.

De acuerdo con una declaración del Consejo de Estado, “la marca Ranchera es reconocida en el mercado,  cuenta con un amplio conocimiento entre los consumidores ya que, debido al alto nivel de mercadeo y publicidad que se invierte en ella, y a su masivo consumo, es notoriamente conocida”.

Teniendo esto en cuenta, la Superindustria, por medio de la Dirección de Signos Distintivos, concedió la razón a Zenú. Aseguró que Santa Rita  Ranchero es irregistrable dado a su similitud con Ranchera y a que ambas pertenecen a la clase 29, que ampara los productos cárnicos.

Frente a esto, José Fernando Restrepo, apoderado de Avícola Santa Rita, contestó que “la marca opositora ‘Ranchera’ siempre va a acompañada de su matriz Zenú, por lo cual las diferencias se acrecentan. 

Restrepo destacó que los productos de la marca opositora son “cárnicos embutidos y molidos como las salchichas y hamburguesas” mientras que su representada produce y comercializa “cárnicos frescos de aves y huevos”.

Sin embargo, estos argumentos no fueron válidos para la Delegatura para la Propiedad Industrial, pues  confirmaron la resolución proferida por la primera instancia, señalando la conexidad competitiva entre estas dos marcas y el riesgo de asociación en los usuarios, a parte de reiterar que Ranchera es notoria en el mercado de las carnes. 

Sobre esto, Cármen Julia Monroy, abogada de Wolf Méndez Abogados,  reiteró  la importancia de la notoriedad y afirmó: “comparto la decisión de la administración, al punto de entender que Santa Rita Ranchero efectivamente haría que el consumidor asociara esta clase de productos con la marca Ranchera de Zenú, más aún teniendo en cuenta que los huevos se complementan con productos como los que identifica Zenú, que son las carnes frías”.

Las opiniones

Juan Guillermo Moure
Abogado de olarte moure & asociados

“La marca Ranchera, además de ser un signo notoriamente conocido, es un signo ‘renombrado’, es decir, conocido no solamente por el sector pertinente, sino por el público en general”. 

Carmen julia monroy
Abogada de wolf méndez abogados asociados
“En efecto, comparto la decisión de la administración, al punto de entender que Santa Rita Ranchero  haría que el consumidor asociara esta clase de productos con la marca Ranchera de Zenú”.

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