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Actualidad

La competitividad de las zonas francas

06 de junio de 2012

Asuntos Legales
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El Gobierno Nacional ha venido haciendo grandes esfuerzos para hacer de Colombia un escenario propicio para atraer nuevas inversiones mediante la adopción de mecanismos internos (Zonas Francas y los Contratos de Estabilidad Jurídica) e internacionales (Tratados de Libre Comercio, Acuerdos de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, etc.).

Entre esos mecanismos encontramos las Zonas Francas, en las cuales las empresas, previo cumplimiento de los requisitos legales, pueden desarrollar sus operaciones bajo un tratamiento fiscal, aduanero y de comercio exterior preferencial.

Este consiste en la aplicación de una tarifa especial del 15% por el impuesto sobre la renta para todos los usuarios aduaneros. Salvo para los usuarios comerciales a quienes les aplica la tarifa general del 33%; la ficción consistente en que las mercancías ingresadas a estas zonas se consideran fuera del territorio aduanero nacional para efectos de los impuestos a las importaciones y la exención del IVA para la venta de ciertos productos del territorio aduanero nacional a las zonas francas o entre usuarios de zona franca.

Pese a las bondades del tratamiento especial que privilegian a las zonas francas en Colombia, ellas no son lo suficientemente atractivas para competir contra sus semejantes establecidas en otros países de la región.

Esto debido al alto impacto del impuesto sobre la renta en Colombia.

Los atractivos de otros sistemas de Zona Franca en la Región:

En Panamá, país que también ha suscrito un Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, existe la Zona Libre de Colón, que permite la exoneración del impuesto sobre la renta sobre las utilidades que generen las empresas que se localicen en la Zona.

Salvo por la obligación de practicar retención en la fuente del 5% a título del impuesto a los dividendos a cargo de los accionistas.

Además de la exención del impuesto sobre las ventas y producción y la eliminación de impuestos sobre las reexportaciones desde la zona libre hacia el extranjero.

En Perú, otro país que también ha suscrito un Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, se han establecido Zonas Francas que consagran la exención de todo tipo de impuesto por el término de 15 años renovables; El libre envío al exterior de utilidades y dividendos; El libre manejo de moneda extranjera y convertibilidad a la moneda nacional;

La inexistencia de aranceles al ingreso de bienes para la exportación; la suspensión de los tributos aduaneros por la importación de mercancía;

Y la libertad de pactar remuneraciones y condiciones de trabajo con empleados y trabajadores; entre otros.

De otra parte, en Uruguay, se estableció la Zona Franca de Montevideo, la cual contempla la exoneración del impuesto de importación y reexportación de mercancía, exoneración del impuesto sobre la renta y exoneración del impuesto sobre el valor añadido.

De conformidad con lo expuesto, se hace necesario evaluar y establecer nuevos incentivos fiscales que hagan de las Zonas Francas en Colombia una figura competitiva en la Región que sirva como elemento de atracción de inversiones extranjeras y fuente de desarrollo en el país.

Héctor Falla

Reyes abogados asociados

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