corte constitucional

Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

  • Johnny Giraldo López

miércoles, 22 de agosto de 2018

El alto tribunal aún tiene que emitir un comunicado explicando su decisión

La Corte Constitucional revivió el debate sobre las corridas de toros en el país al anular una corte que el mismo tribunal había emitido al incluir la práctica dentro de los eventos públicos en que se comete maltrato animal.
El fallo le había dado un plazo al Congreso de la República de dos años para que legislara sobre el evento taurino antes de que se considerara como una conducta penalizada.

Según la sala plena de la Corte, la anterior decisión desconoció un fallo en 2010 que establecía que se debían respetar las corridas en los municipios en que el evento tuviera algún tipo de arraigo cultural.

El fallo del año pasado había rescindido el artículo quinto de la ley 1774 que expidió el Congreso en 2016, el cuál excluía a las corridas de toros, el rejoneo, las novilladas, el coleo, las corralejas y las peleas de gallos de conductas que se traudcen en actos de violencia contra los animales. Estos delitos constituyen penas entre 12 a 36 años en prisión intramural.

El alto tribunal aún tiene que emitir un nuevo fallo en que explique la postura que tendrá frente a este tipo de eventos con los animales para poder dar vigencia a esta nueva decisión.

LA REPÚBLICA +

Registrándose puede personalizar sus contenidos, administrar sus temas de interés, programar sus notificaciones y acceder a la portada en la versión digital.