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miércoles, 29 de septiembre de 2021

Cada circunscripción elegirá un representante de listas de dos candidatos, que deberán acreditar su condición de víctimas del conflicto

A través de la Resolución 10592 de 2021, la Registraduría estableció las reglas de juego con las cuales se hará la elección de los representantes adicionales a la Cámara por las 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz, que estarán vigentes en los periodos 2022-2026 y 2026-2030.

Según el documento, en cada circunscripción se elegirá un representante de listas con voto preferente que estarán integradas por dos candidatos, un hombre y una mujer, que deberán acreditar su condición de víctimas del conflicto. "La curul se adjudicará al candidato más votado dentro de la lista que obtenga el mayor número de votos en la respectiva circunscripción”.

El periodo de inscripción de las listas durará un mes e iniciará cuatro meses antes de la fecha de la elección, que será el próximo 13 de marzo de 2022. En cambio, el censo electoral definitivo para las legislativas se cerrará dos meses antes del día de los comicios.

Además, la Registraduría estableció que los aspirantes a estas 16 curules figurarán en un tarjetón independiente al de la Cámara de Representantes en los departamentos en los que están ubicadas las circunscripciones. Por esto, esta votación no será considerada al momento de determinar el umbral en las elecciones ordinarias de la Cámara.

También, se establece que las listas solo pueden ser inscritas por: organizaciones de víctimas, organizaciones campesinas, organizaciones sociales, organizaciones sociales de mujeres, grupos significativos de ciudadanos, los consejos comunitarios, los resguardos y las autoridades indígenas y las Kumpany. En ese orden de ideas, no podrán participar los miembros de grupos armados al margen de la ley que hayan suscrito un acuerdo de paz con el Gobierno Nacional y/o se hayan desmovilizado de manera individual, en los últimos 20 años.

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