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  • Andrea del Pilar Mancera

miércoles, 22 de febrero de 2012

La expresión Valet Parking es muy mencionada relativamente desde hace poco, pues solo desde unos años se ha empezado a implementar, no solamente para los estratos más altos, sino para todos los públicos en general, pues este servicio ya se encuentra hasta en los parqueaderos de los centros comerciales.

Es por esto, que el registro de un signo como Valet Parking no es tan fácil. Un caso específico se basa en el pleito que cursa en este momento ante la Superintendencia de Industria y Comercio.

La firma Cinco Emmes S.A en liquidación, solicitó el registro del signo Vip Valet Parking (mixta), para distinguir servicios de la clase 39 de la Clasificación Internacional de Niza y aunque cuando se publicó en la gaceta de Propiedad Industrial, no se presentaron oposiciones, la Superindustria comprobó que existe en el mercado la marca Parking Point Valer Parking (mixta), cuyo titular es la compañía Valet Zone Ltda, con certificado No 422833, que distingue servicios de la clase 45 de la Clasificación Internacional del Niza y se encuentra vigente hasta el 26 de abril de 2021.

Según el análisis de la SIC, el signo solicitado es una marca que incorpora el elemento principal de la marca registrada, la anterior coincidencia dentro del mercado generaría confusión indirecta.

Sin duda alguna la presencia de los términos Valet Parking / Valet Parking en los signos distintivos comparados, irremediablemente en la mente del consumidor causa una idea de asociación entre los servicios que se distinguen con una y otra marca, creyendo erróneamente que son prestados por un mismo ente, y quizás que la variación del término Point por VIP y la presentación del diseño gráfico, son parte de la innovación hecha a la marca original, es decir, se genera la denominada confusión indirecta.

Esta confundibilidad indirecta se da cuando el consumidor o adquiriente de los servicios distinguidos con una marca, confunde el origen empresarial de los mismos.

Se trata de que los consumidores o clientes asocien la procedencia de un producto o nacimiento con una empresa que no tiene relación.

Esto se presenta en muchos casos cuando se habla de marcas muy parecidas o idénticas en materia fonética y ortográfica, pues cuando se compra un artículo inmediatamente se asocia a una sola compañía y se piensa algunas veces que se trata de una transformación del producto, mas no que sea de otro dueño.

Se trata de una afectación de la voluntad, que según la Superintendencia de Industria y Comercio se produce por varios factores, además se observa el hecho de que una marca reproduzca a otra, con elementos adicionales que no le otorgan mayor diferenciación, y por el contrario, convencen al consumidor de que está adquiriendo servicios de cierta empresa que contienen algunas características diferentes a las del servicio original que se buscaba.

Para la entidad, el signo solicitado pretende distinguir prestación de servicios de traslado y aparcamiento de vehículos; alquiler de garajes o plaas de aparcamiento, servicio de choferes y relacionados con parqueaderos y vehículos, comprendidos en la clase 39 internacional.

Por su parte, la marca registrada identifica el servicio de valet parking y conductor elegido, comprendido en la clase 45.

Se debe establecer que aunque no pertenecen a la misma clasificación, el signo solicitado pretende identificar servicios de aparcamiento y de conductores, servicios identificados con la marca registrada, por lo cual se encuentran en una relación de complementariedad tal que puede crear una conexión competitiva pro su estrecha vinculación, usando así los mismos canales de comercialización y medios de publicidad similares o idénticos.

Por lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio decidió negar en primera instancia el registro de la marca VIP Valet Parking (mixta) solicitada por Cinco Emmes S.A en liquidación.

Esta decisión cuenta con recurso de reposición con subsidio de apelación. Se debe tener en cuenta, que la confundibilidad de la marca es una noción que implica necesariamente una confusión en la oferta de productos o marcas similares o idénticas y que genera inevitablemente, error en el consumidor.

Antecedentes Con escrito presentado el 14 de febrero de 2011, la sociedad Cinco Emmes S.A en liquidación, solicitó el registro de la marca Vip Valet Parking (mixta) para distinguir servicios de la clase 39 de la Clasificación Internacional de Niza. Aunque cuando fue publicado en la Gaceta de Propiedad Industrial No 630, no se presentaron oposiciones, la SIC estableció que en el mercado existía un registro de la marca Parking Point Valet Parking (mixta).

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