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Actualidad

Mañana vence plazo para recusación de Petro a la procuraduría

30 de diciembre de 2013

Colprensa


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Este martes 31 de diciembre vence el plazo para que el Alcalde de Bogotá, Gustavo Petro Urrego, presente el recurso de reposición en contra del fallo de la Procuraduría General de la Nación que lo destituyó e inhabilitó por 15 años para aspirar a un cargo público.

El abogado del mandatario local, Julio Cesar Ortiz, señaló que en el recurso de reposición además, se recusará al procurador Alejandro Ordóñez, para que no pueda conocer de ese recurso. 

“Estamos trabajando todos estos días, creo que la notificación por medio del instrumento de la fijación por edicto del fallo comenzará este lunes (23 de diciembre). Y eso interrumpe el término y lo prolonga hasta el 31 de diciembre, que es la fecha límite para sustentar el recurso”, señaló. 

Ortiz indicó que el recurso tendrá como argumento principal, el que cambiar el modelo de aseo en la ciudad, no constituye falta disciplinaria y que el Jefe del Ministerio Público no puede destituir al alcalde Mayor de Bogotá. 

El procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, anunció la destitución del alcalde mayor de Bogotá, Gustavo Petro, por irregularidades a la hora de definir un nuevo esquema de aseo de Bogotá, en hechos presentados en diciembre del año pasado. 

La sanción está relacionada con la contratación, y el manejo que se dio a ella, para que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB) y la Unidad Administrativa Especial de Servicios públicos (UAESP) asumieran la prestación del servicio público de aseo de manera exclusiva, sin tener en cuenta que no tenía la experiencia ni la infraestructura para ello. 

La Sala Disciplinaria del Ministerio Público encontró responsable a Petro de tres faltas disciplinarias y consideró probado que el alcalde “de manera libre, consciente y voluntaria” tomó las decisiones sobre el nuevo modelo de basuras, que terminaron en una grave emergencia ambiental los días 18, 19 y 20 de diciembre de 2012. 

Ordóñez afirmó también que en ese proceso se vulneraron los derechos a la libre empresa, porque se impidió de manera deliberada que operadores distintos al Distrito recogieran los desechos. 

La determinación anunciada el pasado 9 de diciembre también tiene que ver con que haya existido una "deliberada improvisación" en la compra y alquiler de vehículos compactadores "usados con evidentes detrimentos al patrimonio público" y que se hayan “utilizado volquetas para recoger los residuos”. 

De acuerdo con la Procuraduría, en los tres días citados se dejaron de recoger entre 6 y 9 toneladas de basuras, hecho que se hubiera evitado si se hubieran tenido en cuenta recomendaciones sobre el nuevo esquema, que habían hecho la Superintendencia de Industria, la de Servicios Públicos y la misma Procuraduría. 

LOS DETALLES DE LA DECISIÓN 

En la decisión leída por Ordóñez se señala que estos hechos derivaron en una grave emergencia, así como en la “incomprensible decisión de volver a contratar a los operadores privados, a quienes, según lo dicho por el señor alcalde en su momento, pretendía descartelizar”. 

“La determinación intencionada del señor Petro Urrego quedó evidenciada en las precisas instrucciones que le dio al entonces gerente del Acueducto de Bogotá, Diego Bravo Borda, en los meses de julio y agosto de 2012, así como en sus intervenciones en múltiples actos públicos y oficiales, donde asumió como suya la decisión de que un nuevo operador público prestaría el servicio de aseo en el ciento por ciento de la ciudad, a pesar de que conocía que el Acueducto de Bogotá y la empresa Aguas de Bogotá eran totalmente incapaces de prestar el servicio de aseo", señaló Ordóñez. 

Igualmente, la Procuraduría dijo haber demostrado que Petro “de manera libre, consciente y voluntaria” implementó con el Decreto 564 de 2012 un nuevo modelo de aseo para la ciudad de Bogotá por fuera de la ley, por haber vulnerado la libre empresa y competencia. 

El procurador Ordóñez señaló que el acalde Petro actuó en todo este proceso de manera consciente y voluntaria “en la medida en que él sabía que sus decisiones eran irregulares, como lo habían advertido en forma oportuna varias entidades nacionales y distritales, entre ellas la Superintendencia de Industria y Comercio; Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios; la Procuraduría Delegada Preventiva para la Función Pública; la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA); la Contraloría Distrital y el Ministerio del Medio Ambiente”. 

Igualmente, Ordóñez rechazó los argumentos del alcalde Petro según el cual este cambio de modelo de aseo se debía, en parte, para cumplir las órdenes de la Corte Constitucional de incluir a los recicladores. 

Aquí Ordóñez, señaló que la Corte no condicionó la adopción de un determinado modelo de aseo: “Dicho de otro modo, no era indispensable que para cumplir con las órdenes de la Corte se asignara la prestación del servicio de aseo únicamente a entidades del Distrito, y menos aun cuando estas empresas eran absolutamente incapaces de asumirlo”. 

De hecho, este fue el mismo argumento que utilizó la Procuraduría para destituir e inhabilitar, en decisión conocida este mismo lunes, al ex gerente de la EAAB Diego Fernando José Bravo Borda y a Henry Romero Trujillo, en su calidad de director General encargado de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos de Bogotá (UAESP). 

“La Procuraduría demostró que la determinación del señor alcalde mayor provocó la crisis y caos en el mes de diciembre de 2012, la incorrecta prestación del servicio de aseo por la utilización de volquetas hasta el mes de julio de 2013 y el riesgo actual de que los vehículos compactadores nuevos que adquirió la ciudad estén a punto de perderse, todo ello atribuible a la manifiesta incapacidad del Acueducto de Bogotá y la empresa Aguas de Bogotá”, puntualizó Ordóñez. 

Contra esta determinación el alcalde Petro solo puede interponer un recurso de reposición ante la propia instancia disciplinaria, que fue la que tomó la determinación, pues actuó por delegación de Ordóñez. 

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