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  • Lina Correa

domingo, 29 de julio de 2012

MANEJO DE ESCOMBROS EN BOGOTÁExisten a nivel nacional, diversas normas que reglamentan el transporte, la disposición final y las sanciones derivadas del manejo de los escombros. Con base en la normatividad vigente y ante la problemática generada por el volumen de escombros existentes en Bogotá, así como las limitadas instalaciones existentes para su disposición final, la Secretaría Distrital de Ambiente decidió regular técnicamente el aprovechamiento y tratamiento de escombros en su jurisdicción, mediante la Resolución 2397 de 2011.

¿Qué se entiende por escombro?
Los escombros son los residuos sólidos sobrantes de las construcciones de obras civiles u otras actividades conexas, complementarias o similares. Su aprovechamiento se realiza a través de la recuperación de los materiales provenientes de estas actividades, reincorporándolos al ciclo económico productivo, de forma ambientalmente eficiente por medio de procesos como la reutilización y el reciclaje.

¿A quién aplica esta disposición?
La Resolución 2397 de 2011 rige a todas aquellas personas que generen, transporten, acopien, gestionen, y realicen el tratamiento y/o aprovechamiento de escombros en el perímetro urbano de Bogotá. Dicha resolución impone a los actores involucrados en las actividades relacionadas con el manejo de escombros una serie de obligaciones especiales.

¿Qué obligaciones se imponen a las constructoras?
A partir del mes de abril del año en curso, todas las constructoras que desarrollan obras dentro del perímetro urbano, deben lograr la utilización de elementos reciclados provenientes de los escombros de obras de construcción. Estos materiales reciclados deben cumplir con especificaciones técnicas con el fin de ser utilizados como insumos para las obras de infraestructura y construcción, para lo cual, deberán estar certificados por un laboratorio acreditado. La Resolución dispone que las entidades públicas que desarrollan obras de infraestructura deben incluir desde la etapa de estudios y diseños, los requerimientos técnicos necesarios con el fin de utilizar en la construcción, elementos reciclados en un porcentaje no inferior al 10% del total de los metros cuadrados construidos anualmente por la Entidad. Las empresas privadas que, a su turno desarrollen obras de construcción de carácter multifamiliar, deben contener desde la etapa de estudios y diseños, los requerimientos técnicos necesarios con el fin de incluir elementos reciclados en la construcción, en un porcentaje no inferior al 5% del total de metros cuadrados del proyecto en componentes no estructurales. La asignación de dichos porcentajes, aumentará anualmente en 5 unidades hasta alcanzar como mínimo un 25%. En caso de que se produzca el agotamiento de las reservas de material, o que por razones técnicas la obra o proyecto no pueda cumplir con los porcentajes establecidos, debe presentarse a la Secretaría Distrital de Ambiente y antes del inicio de la obra, un informe debidamente sustentado que de cuenta de tal circunstancia.

¿Cuáles son las obligaciones de los centros de tratamiento y/o aprovechamiento de escombros?
Estos centros deberán estructurarse de acuerdo a los lineamientos ambientales determinados por la Secretaría Distrital de Ambiente, contar con su aprobación y concepto favorable de uso del suelo expedido por la autoridad competente. Lo anterior, si su propósito es ejecutar actividades de separación, clasificación, tratamiento y almacenamiento temporal de los escombros, implementando medidas ambientales que mitiguen los impactos generados. Así mismo, la Resolución señala que estos centros deberán estar ubicados prioritariamente, en áreas que no representen una importancia ecológica relevante, tales como minas y canteras abandonadas, según concepto que emita la Secretaría Distrital de Ambiente a este respecto. En la actualidad, la Secretaría se encuentra definiendo los lineamientos para la creación e inscripción de estos centros. En este sentido, el cumplimiento del porcentaje de utilización de material reciclado se realiza con material generado en el mismo sitio de la construcción, proveniente de excavación o escombros generados in situ.

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