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Actualidad

Medidas Cautelares Innominadas en Procesos de Descrédito

06 de agosto de 2016

María José García


Asuntos Legales
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¿Qué se ha reclamado en estos casos?

Se ha argumentado que los demandados han incurrido en conductas desleales por divulgar una serie de afirmaciones falsas e incorrectas, en las que aseguran haber sido objeto de distintos actos de competencia desleal realizados por los demandantes.

Según los demandantes, esto podría generarles un perjuicio grave e inminente pues dichas afirmaciones podrían desacreditar la actividad que desarrollan en el mercado colombiano y generar la pérdida de sus actuales clientes.

¿Por qué se han decretado las medidas cautelares por actos de descrédito? 

La SIC ha considerado que las afirmaciones hechas por los representantes o voceros de los demandados son falsas, inexactas e impertinentes, en la medida en que no existe una decisión de la autoridad competente que haya declarado que los demandantes efectivamente incurrieron las conductas ilícitas de las que se les acusa. Por lo tanto, dicho comportamiento se ha considerado apto para desacreditar de manera ilegal a los demandantes. 

¿Qué implicaciones podrían tener éstas decisiones para los abogados?

Los recientes fallos de la SIC apuntan a incrementar la rigurosidad de los abogados a la hora de dar declaraciones, y nos obligan a ser especialmente cuidadosos con las afirmaciones que se realicen respecto de los litigios a nuestro cargo y las potenciales contrapartes involucradas. 

Como dirían los penalistas, “toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario conforme a la ley” y cualquier afirmación en contrario, sin que medie una decisión judicial al respecto, podría dar lugar a la imposición de medidas cautelares en contra de quien las estuviere difundiendo.

¿Qué consecuencias tiene el cambio del Código General del Proceso relativo a las medidas cautelares innominadas, frente a las decisiones de la SIC?

El CGP flexibilizó la figura de las medidas cautelares permitiendo que se generen un sinnúmero escenarios de protección. En efecto, con el ajuste realizado a la figura, las partes pueden solicitar cualquier medida cautelar que se ajuste a su caso particular y que sea efectiva a la hora de impedir que se continúe cometiendo un acto de competencia desleal. 

Por lo tanto, medidas como ordenar la rectificación de la información, retractarse públicamente de lo dicho e incluso prohibir pronunciamientos frente a un caso particular, podrían incluirse dentro de las medidas que la SIC podría decretar a la hora de resolver un solicitud relativa a la comisión de actos de descrédito.

¿Podría haber sanciones disciplinarias para los abogados que incurran en estas prácticas?

Se deberá evaluar caso a caso si las afirmaciones divulgadas por un abogado en el marco de un eventual litigio dan lugar a que se considere que hubo un incumplimiento de un deber legal y un actuar de mala fe, que pueda conllevar a la imposición de una sanción disciplinaria.

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