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  • Colprensa

lunes, 3 de agosto de 2015

Esto puede darse siempre y cuando se trate de velar por la seguridad de los menores y protegerlos. 

“Los padres se encuentran autorizados para asistir, orientar y controlar las comunicaciones de sus hijos menores de edad. Resulta un verdadero contrasentido afirmar que las actividades de seguimiento, orientación y protección, que implementa una madre o un padre respecto de sus hijos menores en la intimidad de sus hogares, per se, se ofrecen ilegales”, señaló la Corte en su sentencia. 

De otro lado, el alto tribunal también dejó en claro que la información privada que fluye en el correo de una persona está protegida constitucional y legalmente, por lo que acceder a ella y que tenga valor probatorio en un juicio, requiere de una orden previa de la Fiscalía General, y posterior legalización ante un juez de garantías.                     

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