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lunes, 23 de agosto de 2021

La Sala precisó que la acción de cumplimiento es el mecanismo para reclamar que el Gobierno haga uso de su facultad reglamentaria

El Consejo de Estado emitió una sentencia en la que confirmó la decisión de ordenar al Gobierno Nacional, que reglamente lo relativo a la remuneración de los conjueces, como lo dispone el artículo 23 del Decreto 2204 de 1969.

"La Sección Quinta del Consejo de Estado, en sesión de Sala del 19 de agosto de 2021, profirió sentencia de segunda instancia en la acción de cumplimiento de la referencia, en la que confirmó la decisión de ordenar al Gobierno Nacional, conformado por el presidente de la República y el Ministerio de Justicia y del Derecho, que reglamente lo relativo a la remuneración de los conjueces", indican en el comunicado.

Se explicó que el Gobierno Nacional, para atender la obligación reglamentaria, debe consultar la opinión judicial, pero se demostró que desde mayo de 2020 la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial "ya le entregó la información requerida para el cumplimiento de su deber, sin que haya dictado la reglamentación que reclama el demandante".

La Sala precisó, según indican en el comunicado, que la acción de cumplimiento es el mecanismo procedente para reclamar que el Gobierno haga uso de su facultad reglamentaria.

"También que el artículo 23 del Decreto 2204 de 1969 impone como deber imperativo, inobjetable y exigible que reglamente lo relativo a la remuneración de los conjueces y que el mismo no ha sido cumplido", se pronunciaron en el comunicado.

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