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Actualidad

Renault no logró registrar su marca Alpine para carros ante la Superindustria y Comercio

12 de septiembre de 2014

Simón Granja


Canal de noticias de Asuntos Legales

El fabricante de automóviles, vehículos comerciales y de carreras, Renault S.A.S, de origen francés solicitó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) el registro de la marca ‘Alpine’. La institución encontró en la base de datos el mismo signo propiedad de Alpine Electronics, que terminó siendo la razón por la cual se le negó la solicitud a Renault y no por la oposición que presentó la Importadora Sur Alpine.

En 1951 Jean Rédélé, un comerciante de automóviles Renault comenzó a participar en carreras de carros con un 4CV. Con este empezó ganando en la travesía de Italia que tiene mil millas y mantuvo el título durante los dos años siguientes. Cuatro años después creó en su garaje un carro con una aerodinámica revolucionaria para la época. Ese fue el inicio del primer A106 que se llamó ‘Alpine’ en memoria a la victoria de Rédélés en la cima de los Alpes en 1953 , convirtiéndose en un vehículo que sería el ganador de varias carreras en los años venideros.

Más de medio siglo después, Renault pretendió distinguir por medio de la marca ’Alpine’ vehículos, aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática que se clasifican en la clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza.

En primera instancia la Dirección de Signos Distintivos determinó que el signo ‘Alpine’ se encuentra en la causal de irregistrabilidad literal A de la decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina que dice que no se puede registrar aquellas marcas que se asemejen o sean idénticos a uno ya registrado.

La fecha de solicitud de registro de la marca de Renault fue el 6 de enero de 2012, anteriormente, la Importadora Sur Alpine ejercía una actividad comercial continua. La Dirección determinó que el manejo de cifras representativas de la opositora demuestran un impacto constante de su actividad comercial ejercida entre 2010 y 2011. Sin embargo, he aquí el quid de la cuestión, las facturas presentadas son anteriores a 2012, por lo cual, no se logró establecer que el nombre comercial haya sido usado para la comercialización, importación, compra y venta de repuestos y accesorios para vehículos automotores después que Renault solicitara ‘Alpine’ como signo distintivo.

La Dirección, decidió , entonces, declarar infundada la oposición; sin embargo, encontró la marca ‘Alpine’ a nombre de Alpine Electronics, y debido a esto terminó negar la solicitud de Renault.

El profesor de la Universidad Nacional de propiedad industrial Oscar Lizarazo dijo que le llama la atención que “al parecer nadie solicitó la limitación o reducción de la lista de los productos comprendidos en el registro de la marca anterior efectuado por la tercera empresa. Esto pese a que en el proceso alguien expresó que consideraba que la marca anterior no había sido usada para comercializar productos de la clase 12. Dicha posibilidad está prevista en el art. 165 de la Decisión 486. Esto puede ser de utilidad para los empresarios en situaciones semejantes y contribuye a permitir la coexistencia de signos distintivos en el mercado”.

El abogado especialista en propiedad industrial Fernando Peña Bennet sostuvo que “es una resolución interesante en la medida en que aún habiéndose negado la marca Alpine, la empresa que presentó la oposición al registro, no queda conforme con las razones expuestas por la SIC”.

Esto lo explicó, puesto que después de la decisión en primera instancia, “tanto Renault como la Importadora del Sur apelaron la decisión”.

Peña agregó que “en principio la marca fue negada por encuadrarse dentro de las causales de irregistrabilidad de la norma, pero la sociedad Importadora Sur Alpine buscaba que la Entidad confirmara el uso de su nombre comercial en el mercado”. Al apelar, el caso llegó a la Delegatura de Propiedad Industrial donde el superintendente delegado para la propiedad industrial José Luis Londoño confirmó la decisión tomada en primera instancia.

Peña explicó que “la causal de negación con fundamento en uso de nombre comercial pre existente en el mercado, será válida, siempre y cuando quien la argumente pruebe efectivamente su uso”.

Estas marcas en otros países
Según la Global Brand Database de la Ompi, en algunos países como Australia, Dinamarca, Nueva Zelanda, Singapur etc., coexisten las marcas Alpine para vehículos de una empresa en clase 12, y también para aparatos eléctricos fabricados por otra compañía, en clases 9 y 12. A nivel puramente teórico, y “sin conocer los detalles del caso, una solución ideal habría sido permitir esa coexistencia incluso compatible con el nombre comercial de la empresa Importadora que comercializa repuestos, siempre y cuando no se diera riesgo de confusión”, señaló el profesor Oscar Lizarazo.

Las Opiniones

Óscar Lizarazo
Docente de la Universidad Nacional de propiedad industrial

“La Superintendencia de Industria y Comercio basó la negación del registro de la marca Alpine, solicitada por Renault, en que ya existía el registro del mismo signo por parte de una tercera empresa, Alpine Electronics Inc”.

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