Si los ministros firman el decreto de la consulta popular, ¿incurren en prevaricato?
El presidente aseguró que la consulta popular está sustentada bajo el artículo 33c de la Ley 1757 y que, por lo mismo, es libre de prevaricato
11 de junio de 2025
Antes del atentado que sufrió el sábado 7 de junio el precandidato presidencial, Miguel Uribe Turbay, el senador se pronunció en sus redes sociales tras el mensaje que el presidente Gustavo Petro le envió a su gabinete. "Ministro que no firme el decreto presidencial de inmediato se va", escribió el Jefe de Estado en su cuenta de X.
El senador Uribe aseguró horas antes del ataque que denunciaría por prevaricato a los ministros que firmaran el decreto, puesto que consideraba que "el poder presidencial no es absoluto".
El presidente Petro volvió a traer el tema al debate público y aseguró que el decreto de consulta popular tiene una base legal, la cual impide cualquier prevaricato. "Se trata del artículo 33c de la Ley 1757, que permite a nivel legal, diferenciar entre si el Senado vota el concepto previo, sea favorable o desfavorable o no se pronuncia. En ambas opciones el decreto es presidencial".
Agregó: "Estoy facultado legalmente para la segunda opción. ¿Qué pasa si en el mes después de presentada la consulta, día que ya pasó, el Senado no toma concepto? Lo que dice la Ley 1757 en el artículo 33c es que también hay decreto presidencial y se pone en él, la fecha de la consulta popular".
Petro nuevamente arremetió contra Efraín Cepeda, presidente del Senado y aseguró que decidió cerrar el Congreso y perder toda la jornada del martes para que él, como jefe de Estado, "solo tuviera el día para usar la Ley 1757".
"Usaron el triste atentado contra el senador Miguel Uribe Turbay para excluir al pueblo no solo de la consulta popular, sino de la reforma laboral", dijo.
¿Qué es el prevaricato?
El prevaricato es un delito en el que un servidor o funcionario público actúa contra la ley u omite cumplir con los deberes en ejercicio de sus funciones. Existen dos tipos: por acción y por omisión.
La Ley 599 de 2000 del Código Penal, en su artículo 413, define que el prevaricato por acción es un delito en el que un servidor público emite una resolución, dictamen o concepto contrario a la ley.
Esa misma normativa, en el artículo 414, establece que el prevaricato por omisión aplica cuando el funcionario público omite, retarda, rehúsa o deniega un acto propio de sus funciones.
¿Cuándo hay prevaricato?
Para que se pueda establecer que hubo prevaricato por acción, la ley señala que es necesario que el servidor público dicte una resolución injusta a sabiendas de que va en contra de la ley.
En el caso de prevaricato por acción, el funcionario debe negarse a tomar una acción que corresponde a su cargo y atribuciones.
La norma también establece que para que las acciones de un servidor público sean catalogadas como prevaricato, no basta solo con que la actuación del servidor público sea ilegal, sino que también es necesario que "la disconformidad entre el acto desplegado y la comprensión de las normas aplicables sea evidente y no admita justificación alguna".
Condenas por prevaricato
El Artículo 413 del Código Penal señala que por incurrir en el delito de prevaricato por acción, el servidor público puede ser condenado a una pena entre los cuatro y 12 años de cárcel.
Además de la condena, la persona también podrá ser sancionada con una una multa de hasta 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes y la inhabilitación los de derechos y funciones públicas del servidor involucrado.
Para los casos de prevaricato por omisión, el Artículo 414, establece que el servidor público involucrado podrá ser condenado a una pena de hasta siete años y medio, una multa aproximada de 75 salarios mínimos y la inhabilitación del ejercicio de sus derechos y funciones públicas por un total de seis años y medio.
Proceso Legal
El Ministerio de Justicia aseguró que ante este tipo de delitos se debe presentar una denuncia ante la Fiscalía General de la Nación, o también se puede acudir ante la Procuraduría para que realicen las investigaciones correspondientes.
Una vez presentada la denuncia, y luego de que se inicien las investigaciones, el Ministerio aseguró que las autoridades tendrán que comenzar un proceso penal o disciplinario, con el que se puedan ejecutar las sanciones correspondientes.
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