SIC sancionó a Mercado Libre por infringir normas de protección de datos personales
La entidad sancionó con una multa de $214.405 millones a la empresa argentina, pues condicionó el acceso a la cuenta de uno de sus clientes
09 de mayo de 2025
La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a Mercado Libre con una multa de $214.405 millones, por infringir las normas sobre protección de datos personales.
La Dirección de Investigaciones de Protección de Datos Personales de la entidad comprobó que la empresa investigada desconoció la prohibición de tratamiento de datos personales sensibles debido a que condicionó el acceso a la cuenta de una persona al suministro de su información biométrica, a través de reconocimiento facial.
A su vez, la institución determinó que la plataforma de comercio electrónico vulneró el derecho al habeas data, al negarse a eliminar los datos biométricos de los usuarios de las bases de datos.
Como consecuencia de lo anterior, ordenó a la empresa argentina suprimir cualquier procedimiento en la aplicación móvil o el sitio web de la compañía, que condicione el acceso, o creación de cuentas de usuario, al suministro de datos biométricos.
También instruyó a la compañía para que, desde su aplicación móvil o página web, "ofrezca varias opciones que permitan a los titulares decidir el mecanismo de autenticación".
Bajo esta suspensión la Superindustria recordó que "el tratamiento de datos personales sensibles, entre los que se encuentran los datos biométricos, está prohibido por regla general". También que ninguna actividad, ni el ejercicio de los derechos, en especial en el contexto del uso de aplicaciones móviles o de páginas web, puede estar condicionado a la entrega u obtención de datos biométricos.
La Dirección además enfatizó que la entrega, u obtención de datos biométricos, solo es posible si existe una normativa de por medio que así lo exige.
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