Superindustria no permitió registro de cerveza Santa Fe por protección al Ron
La argentina Compañía Industrial Cervecera no podrá registrar en Colombia su marca Santa Fe. Esto porque la Superintendencia de Industria y Comercio decidió en última instancia confirmar las resoluciones anteriores que no avalaban el signo nominativo.
Esto porque se busca la protección de un nombre ya registrado por la Empresa de Licores de Cundinamarca, que corresponde al Ron Santafe.
La iniciativa por registrar la marca empezó hace dos años, en septiembre de 2010, cuando la Compañía Industrial Cervecera solicitó el signo Santa Fe.
Pese al propósito de incorporar una nueva marca de licores, la Superindustria desestimó la iniciativa luego de encontrar en sus registros la existencia de la marca Ron Santa Fe, de la Empresa de Licores de Cundinamarca. Ante este hecho, la entidad consideró que, de coexistir, los signos podrían generar confusión en los consumidores, ya que Santa Fe incorpora el elemento que distingue a la marca registrada Ron SantaFe.
“Si bien el signo solicitado difiere en la ausencia de la expresión “ron” presente en la marca registrada, tal característica no representa un cambio sustancial, dado que los signos en forma conjunta presentan semejanzas fonéticas y ortográficas que los hace confundibles entre sí”, sostuvo la entidad.
Para la SIC, era evidente que al encontrarse frente a ambas marcas, los consumidores podrían confundir el origen empresarial de los signos, al considerar, por error, que Santa Fe es una innovación del signo registrado.
Además de este hecho, la entidad encontró que las marcas tenían una conexión competitiva, pues Santa Fe y Ron SantaFe distinguían productos de la clase 32 y 35 de niza, respectivamente, poniendo en evidencia que en ambos casos se hacía alusión a la gestión de negocios industriales y comerciales, relativos a la industria de las bebidas alcohólicas, cervezas y productos afines, razón por la cual podrían compartir los canales de publicidad y comercialización.
Luego de que la Superindustria decidiera no permitir el registro del signo a través de la resolución 38790 de 2011, la Compañía Industrial Cervecera apeló la decisión, argumentando que no debían prosperar los argumentos de irregistrabilidad, “pues el consumidor que prefería beber ron, nunca se decidiría o se confundiría con cerveza, pues son productos dirigidos a diferentes tipo de consumidores” dijo. De acuerdo con la compañía, la cerveza es un producto de uso frecuente como bebida refrescante, más utilizada para quitar la sed, mientras que ron es una bebida embriagante.
Unido a esto, la cervecera recordó a la Superindustria, como punto de referencia, que en la actualidad coexistían en el mercado las marcas Aguardiente Cristal y Cerveza Cristal, de compañías diferentes, lo que “evidentemente no genera ningún tipo de confusión entre los consumidores de este tipo de productos”, sostuvo la compañía.
Pese a la oposición de la empresa, sus alegatos no prosperaron.
La entidad ratificó que los signos eran susceptibles de generar confusión entre los consumidores, pues la única diferencia existente entre los mismos era la expresión “ron” incluida en la marca previamente registrada.
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