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Actualidad

Suspenden venta de cortinas y persianas que usan cordón

26 de marzo de 2013

Andrea del Pilar Mancera


Canal de noticias de Asuntos Legales

Desde el viernes de la semana anterior comenzó a regir la resolución no 12667 de 2013 de la Superintendencia de Industria y Comercio, la cual ordena suspender la venta de todo tipo de cortinas y persianas que tengan en su mecanismo de funcionamiento el sistema de cordones.

debido a que en el mundo se han registrado muertes de menores de edad por estrangulamiento con este tipo de artículos.

Por eso, la Superindustria estableció que durante 60 días hábiles no se pueden comercializar estos artículos, hasta que se realice totalmente la investigación sobre los establecimientos que venden cortinas y persianas. Se trata de establecer si existen las advertencias necesarias para que los padres de familia puedan tener la seguridad de que sus hijos no sufran accidentes.

Lo importante de esta medida, es que los comercializadores cuenten con dispositivos especiales que mantengan los cordones templados o escondidos, de manera que los menores no tengan acceso a ellos.

La entidad aclara en su normativa, que aquellas cortinas que no cuenten con este sistema, están por fuera de la investigación. Lo que sí determina, es que las personas que hayan adquirido estos artículos deben ir ante el comercializador y solicitar los dispositivos necesarios para poder controlar la seguridad en los mismos.

El incumplimiento de esta disposición de la Superindustria, genera imposición de multas de hasta 1.000 salarios mínimos legales vigentes.

Se hace la aclaración de que si no se cuenta con el dispositivo de seguridad por el momento, se debe mantener el cordón a una distancia del piso de metro y medio.

Entre las recomendaciones que da la entidad de vigilancia y control, se encuentra la instalación de dispositivos de tensión, verificación de que no se suelten los cordones. También se considera peligroso dejar cunas o camas de los niños cerca de las ventanas con este tipo de accesorios.

Las personas interesadas en hacer llegar sus opiniones, sugerencias, quejas y casos específicos a la Superintendencia de Industria y Comercio, tienen un plazo de quince días hábiles contados a partir del 22 del presente mes, fecha de la resolución.

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