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Actualidad

Team Foods no impidió el registro de Giroliva en la SIC

28 de mayo de 2017

Kevin Steven Bohórquez Guevara


Cortesía
Canal de noticias de Asuntos Legales

La marca que inicialmente fue solicitada para registrar carnes, frutas y verduras, bajo el grupo 29 de la Clasificación Internacional de Niza; tuvo varias trabas en el proceso.

En el primer encuentro, la empresa solicitante argumentó que el signo solicitado no se encontraba en ningún causal de irregistrabilidad y por eso debía ser inscrito. Sin embargo, ante este panorama, Team Foods Colombia le salió al paso e indicó, ante la Dirección de Signos Distintivos, que el signo Giroliva presentaba conexidad ortográfica con algunos productos de su portafolio.

Por esta razón, mediante un recurso de apelación, inscrito en los términos legales, el apoderado defensor de Team Foods indicó que “las semejanzas entre las marcas Giroliva y Olioliva son tan fuertes que su apreciación en conjunto indudablemente conlleva a confusión en el público”, a lo que agregó que: “ en la comparación de las marcas Giroliva y Olioliva vemos que prevalecen las similitudes sobre las diferencias, al tener la misma longitud y compartir la mayoría de sus letras en el mismo orden”. 

Ante estas circunstancias el superintendente delegado para la Propiedad Industrial, José Luis Londoño Fernández, determinó que el lío marcario debía entrar a una segunda instancia para que allí se analizaran los aspectos gráficos, ortográficos y fonéticos de las marcas en conflicto.

Y fue por estas razones que la Superindustria estableció que, bajo la premisa de confundibilidad, se debía realizar el cotejo marcario para indicar si efectivamente las marcas presentadas podrían coexistir en el mercado.

Así las cosas, luego de realizar el análisis de marcas la entidad encontró que aunque se presentaba una conexidad con el uso de algunas letras, dichas coincidencias no generarían ninguna confusión en el mercado.

“En efecto, en su visión de conjunto las marcas confrontadas no resultan inconfundibles en la medida en que cada uno está formado con elementos nominativos propios que permiten su individualización en el mercado”, indicó Londoño Fernández.

Para Catherine Zea, directora de Zea Consultoría , la decisión de la SIC es acertada. “El registro previo del signo no le otorga al opositor derechos exclusivos sobre la expresión Oliva, pudiendo cualquier competidor emplear dicho término dentro de un conjunto marcario distintivo, como es el caso de Giroliva”, indicó.

Finalmente, mediante la resolución número 87205 confirmada el 23 de mayo de este año, la Superintendencia de Industria y Comercio declaró infundada la oposición de Food Teams y concedió el registro de la marca solicitante a la compañía Marcas Universales.

Antecedentes

La Superintendencia de Industria y Comercio, mediante la Dirección de Signos Distintivos, indicó en primera instancia que la marca presentaba conexidad debido a que se encontraba en un grupo similar en la Clasificación Internacional de Niza. Sin embargo, tras realizar el cotejo marcario y la conexidad ortográfica, fonética y gráfica, el despachó indicó que los argumentos presentados en la primera fase no eran suficientes para impedir el registro marcario. De esta manera, concedió la marca a la empresa solicitante.

La opinión

Catherine Zea
Directora de Zea Consultoría
“El registro previo del signo, no le otorga al opositor derechos exclusivos sobre la expresión Oliva, pudiendo cualquier  competidor emplear dicho término dentro de un conjunto marcario”.

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